Se reglamentaron las condiciones para obtener el beneficio de exoneración del Impuesto a las Rentas en el desarrollo de software y servicios de desarrollo de soportes lógicos.
Si dudas se abre una posibilidad de fomento en la instalación de actividades en nuestro país, por lo cual divulgamos las condiciones que aplican para ello.
Esta reglamentación va en línea con las recomendaciones dadas por OCDE, para evitar que se obtengan beneficios en el lugar de explotación del intangible, lo que fomentaba la utilización de sociedades sin sustancia, pero es una indudable oportunidad para grupos extranjeros que quieran radicar una unidad de negocios para la prestación de varias actividades de IT y desarrollo de software en nuestro país, ya que existe la posibilidad de exonerar la totalidad del Impuesto a la Renta en los casos que se comentan a continuación.
Compartimos el material preparado por nuestro equipo de Asesores Fiscales especializado en beneficios en Uruguay.