Calendarios Declaraciones Juradas IRPF e IASS

Calendarios Declaraciones Juradas IRPF e IASS

Compartimos por ser de interés general el calendario de vencimientos de la declaración de IRPF e IASS por el año 2018 así como también las fechas de pagos y el calendario para el cobro de créditos en caso que surja de la presentación de la declaración jurada

Vencimientos para Declaraciones Juradas año 2018

RUC, C.I. o N.I.E. según corresponda Días de 2019
0 27 de junio al 2 de julio
1 3 al 8 de julio
2 9 al 14 de julio
3 15 al 21 de julio
4 22 al 25 de julio
5 26 al 31 de julio
6 1 al 6 de agosto
7 7 al 12 de agosto
8 13 al 18 de agosto
9 19 al 22 de agosto
Atrasados 23 al 26 de agosto

Los contribuyentes del IRPF que deban confeccionar su declaración (trabajadores independientes) y demás contribuyentes del IRPF y del IASS que no elijan contar con ayuda de personal de DGI, podrán presentar el formulario en los plazos establecidos o en forma anticipada.

 

Vencimientos para Pagos

Los contribuyentes del IRPF y del IASS, podrán efectuar el pago del saldo del ejercicio correspondiente al 31 de diciembre de 2018 en 5 cuotas iguales de acuerdo al siguiente cuadro de vencimientos:

1era. cuota 27 de agosto
2da. cuota 25 de setiembre
3era. cuota 28 de octubre
4ta. cuota 26 de noviembre
5ta. cuota 26 de diciembre

Lugares de pago:

-Redes de cobranza habilitadas (Abitab y Redpagos).

-A través de internet.

-En oficinas de DGI, si el pago se realiza con Certificados de Crédito no electrónicos.

 

Calendario cobro de créditos

Si presentó su declaración jurada hasta: Cobrará su crédito en Banco a partir de: Cobrará su crédito en redes de cobranza a partir de:
7 de junio 14 de junio
14 de junio 25 de junio 28 de junio
5 de julio 15 de julio
12 de julio 25 de julio 29 de julio
9 de agosto 15 de agosto
16 de agosto 23 de agosto 28 de agosto
6 de setiembre 16 de setiembre
13 de septiembre 25 de setiembre 30 de setiembre
4 de octubre 15 de octubre
18 de octubre 25 de octubre 28 de octubre

Se debe tener en cuenta que se trata de fechas tentativas .

Las fechas correspondientes al cobro a través del Banco, son válidas si la adhesión la hicieron antes o el mismo día de presentar la Declaración Jurada .

Si ya se afilió al banco de su preferencia en años anteriores, no es necesaria la reafilación.


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