CHILE presenta plan «Invirtamos en Chile» para potenciar la inversión público-privada

CHILE presenta plan «Invirtamos en Chile» para potenciar la inversión público-privada

El Gobierno presenta el Plan «Invirtamos en Chile» con 28 medidas para potenciar la inversión público-privada con una agenda fue desarrollada en base a diagnósticos de instituciones nacionales e internacionales, y recoge las propuestas presentadas por los gremios en distintas reuniones con el Ministerio de Hacienda.

Se espera que la ejecución de este Plan eleve la inversión total en 5 puntos porcentuales y el empleo generado crezca entre 0,5 y 0,8%.

En los seis ejes clave se abordan:

1 – Estímulos tributarios a la inversión privada

2 – Mejoras en el acceso al financiamiento

3 – Mejora de la inversión pública a través de infraestructura

4 – Promoción de la inversión extranjera

5 – Mejoras a la eficacia de los procedimientos en regulaciones y permisos

6 – Alianza público-privada para la inversión

El objetivo es que el Plan se ponga en marcha durante septiembre de 2022, lo que permitirá impulsar en al menos 5 puntos porcentuales la inversión total durante 2023, y generar entre 50 mil y 70 mil nuevos puestos laborales.

En lo que refiere a las medidas tributarias se mencionan:

a) Cambio en el mecanismo de compensación por postergación del pago del impuesto a la renta a través de sociedades con rentas pasivas.

b) Incentivo tributario a proyectos de inversión con efecto multiplicador y verde.

c) Mecanismo transitorio de depreciación semi instantánea durante el año 2023.

d) Postergación de la entrada en vigencia de cambios respecto al tratamiento de las pérdidas tributarias.

e) Rebaja de tasa ad-Valorem para proyectos nuevos y de expansión.

f) Extensión de la reducción en el impuesto de primera categoría para las Pymes por dos años.

g) Eliminación a cambios en tributación de contratos de leasing.

En paralelo –y para darle seguimiento a la implementación de las medidas construidas en esta Agenda-, se creará un grupo de trabajo público-privado que se reunirá periódicamente para evaluar su avance y actualizar su curso.

Estas medidas serán seguidas de la presentación de la Agenda de Productividad que está siendo elaborada por el Ejecutivo en conjunto con el sector privado y con organizaciones de trabajadores.

Compartimos el texto de la iniciativa aquí: Chile – Agenda Pro – Inversión

 


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PERU: 73.000 influencers deberán pagar impuestos

PERU: 73.000 influencers deberán pagar impuestos

Un informe de la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria (SUNAT) indica que los ingresos que perciben los creadores de contenido (como lo son los influencers) son calificados como renta de tercera categoría y por lo tanto se les cobrará una tasa del 29,5% (veintinueve con cinco porciento).

En Perú hay alrededor de 73.000 influencers según un informe realizado en 2020, y en esta categoría se incluye a los “microinfluencers”, aquellos que tienen menos de 50.000 seguidores en sus redes sociales. El valor de las ventas del comercio social alcanzará los USD 958.000 Millones en el 2022, según proyecciones del Benchmark Report.

La actividad de los influencers involucra la creación, edición, producción y difusión de contenidos en las redes sociales con la finalidad de intervenir en el mercado de consumo para lo cual se requiere de una serie de medios para su materialización, como son las facultades del propio influencer, así como medios técnicos y materiales.

Califican como rentas de tercera categoría los ingresos que generan los influencers domiciliados en Perú por el desarrollo de estas actividades:

1.- Los anunciantes, ya sea en dinero o en especie, por mostrar y/o promocionar los bienes y/o servicios materia de auspicio en los canales, historias o contenido audiovisual que producen y difunden en sus redes sociales.

2.- Las plataformas digitales en las que tales sujetos operan, por introducir publicidad en los videos o contenidos digitales que estos producen y difunden en dichas redes.

3.- Sus seguidores en redes sociales, por obtener accesos de manera anticipada a ciertos contenidos o foros especializados en las citadas redes de los influencers.

4.- Monetizar el canal o plataforma digital en la que los mencionados sujetos interactúan con sus seguidores, autorizando a dicha plataforma a colocar publicidad en sus contenidos, siendo que esta les exige a los influencers una cantidad mínima de suscripciones y/o visualizaciones del citado contenido, emitiéndoles un cheque por concepto de ganancias únicamente cuando la suma resulte mayor a un determinado monto.

Según SUNAT, los impuestos serán cargados a los pagos en dinero o en especie, y también se gravarán los ingresos que provengan de plataformas como Patreon, Onlyfans y YouTube así como también redes sociales como Facebook, Instagram y Tiktok y además deberán declarar los ingresos que reciben por ser creadores de contenido.


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CHILE: impuesto a la riqueza gravaría patrimonios superiores a USD 5 MM alcanzan unas 8.300 personas

CHILE: impuesto a la riqueza gravaría patrimonios superiores a USD 5 MM alcanzan unas 8.300 personas

El gobierno espera recaudar 0,5% del PIB, es decir, unos USD 1.600 MM. En el diseño al parecer se aplicará sobre todo el patrimonio neto de las personas.

El ministro de Hacienda, Mario Marcel, en el programa Estado Nacional comentó que el foco de atención está puesto en limitar el monto del patrimonio que se gravará y la discusión interna se centra en si el piso de este impuesto estará puesto en patrimonios “desde los USD 5 millones, USD 6 millones o USD 7 millones” y aclaró que el gravamen se aplicará sobre el stock que tienen las personas, porque “es una cantidad que se puede medir en un tiempo determinado”.

Lo que se está definiendo en Hacienda es la tasa que se aplicará, y las conversaciones apuntan a que fluctúe entre 1% y 2,5%, y regiría de manera anual. Esta tasa funcionará como tasa marginal, es decir, se aplicaría sobre el extra del piso mínimo que se defina. Por ejemplo, si comenzará en USD 5 millones, la tasa se aplica sobre el patrimonio adicional a ese monto.

Un impuesto al patrimonio requiere conocer y poder valorizar todos los activos que tienen las personas y todos los pasivos. Expertos indican que hay activos que son fáciles de valorar como propiedades, automóviles, sin embargo, hay activos muy difíciles de valorar y aún más difíciles de detectar su existencia para el SII, como obras de arte y joyas, y es muy difícil detectar los activos que un contribuyente tiene en el exterior, lo cual hace que sea un impuesto muy fácil de evadir.

Ignacio Gepp, socio de Puente Sur, asevera que “es un tributo que, si es permanente, puede incentivar la migración fiscal e incluso la evasión tributaria por medio de la no declaración de activos, puesto que es percibido a nivel global como una confiscación. Es un impuesto problemático”.

Víctor Fenner, socio adjunto de impuestos de EY, pone el acento en la fiscalización. “Puede ser muy compleja, ya que identificar y valorizar bienes no registrales, o que no se cotizan habitualmente en el mercado puede ser muy complejo. Es por ello que algunos países limitan el tipo de bienes”,

Fuente: La Tercera


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Boom de argentinos que se radican en Uruguay: lo que hay que saber por la propiedad de inmuebles

Boom de argentinos que se radican en Uruguay: lo que hay que saber por la propiedad de inmuebles

Además de la noticia de un récord de solicitudes de residencias legales en Uruguay en 2021 totalizando 12.505 desde la República Argentina (84% del total de 14.926 solicitudes) se divulgó que entre el 11 de enero de 2020 y el 28 de febrero de 2022, se presentaron 23.119 solicitudes de residencia en Uruguay por parte de argentinos.

En medios de prensa de Argentina se hicieron eco de la noticia, siguiendo una tendencia en alza que comenzó en 2020 con un total de 6.816 solicitudes de residencias definitivas de argentinos (es decir personas para quedarse a vivir en nuestro país), además de los beneficios fiscales que brinda el obtener la Residencia Fiscal en nuestro país.

La mayoría de quienes vienen tienen un alto poder adquisitivo pero es importante que conozcan algunas obligaciones fundamentalmente en caso de adquirir inmuebles, y en este sentido fuimos consultados por un medio de Argentina que tuvo en cuenta una actualización publicada en marzo en nuestra web que compartimos aquí, y que al publicar un artículo como Alerta Impositiva nos pareció importante también compartirla en esta actualización.

Link a la nota de iPro UP del 25 de abril de 2022

Como resúmen del espíritu que se vive, en una actualización de Linkedin de Facundo Garretón empresario argentino radicado en Uruguay en 2019 e integrante de la reciente Asociación de Argentinos Residentes en Uruguay mencionó: «Uruguay se está convirtiendo en un imán para emprendedores tecnológicos de la región. La calidad de vida, la estabilidad y los beneficios fiscales pueden convertir a Punta del Este en algo único. No es común encontrar tanto talento junto en un mismo lugar, no hablo solo de los founders de «Unicornios» mas conocidos como Marcos Galperin o Martin Migoya, en la foto podemos ver a Matias Woloski de Auth0, Santi Bibiloni de Cor, Mat Travizano de GranData, Gaston Irigoyen de Pomelo, Mariquel Waingarten de Hickies, Martin Borchardt de Henry, Demian Brener de Open Zeppelin, Gaston Frydlewski de Whyline & Meli, Mateo Marietti de CookUnity, Gaston Zelerteins de Aleph, Luciano Nicora de Endeavor, Tomas Roggio de Latitud, somos muchos los que llegamos a Uruguay a desarrollar negocios y buscando calidad de vida…

 

 


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Invitamos a inscribirse en la XII IFA Regional 2022

Invitamos a inscribirse en la XII IFA Regional 2022

Los invitamos a participar del XII Encuentro Regional Latinoamericano de IFA que será filmado en su totalidad y difundido en vivo los días martes 24, miércoles 25 y jueves 26 de mayo, de 15 a 19 horas (hora peruana).

Se tratarán dos temas principales:

«Paralelismos y divergencias entre los regímenes de Precios de Transferencia en Latinoamérica y los lineamientos de la OCDE en una era Post BEPS» y

«La influencia de la Acción 4 del Plan BEPS en la limitación a la deducción de intereses y otros gastos financieros en Latinoamérica»,

También estará el ya tradicional «Diálogo Fiscal» y seis interesantes Seminarios.

A partir del lunes 30 de mayo y por 30 días más, estará la plataforma web disponible para los inscritos con todos los contenidos de la transmisión en vivo y con la participación filmada de Relatores Nacionales y miembros de Seminarios que no estuvieron presentes en vivo.

Aquí la presentación del programa para conocer los temas Programa IFA Lima 2022


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Rueda Virtual de Asesorías Internacionales – 2022

Rueda Virtual de Asesorías Internacionales – 2022

Nuestra firma participa de la tercera Rueda Virtual de Asesorías Internacionales de nuestra red BLITA INTERNATIONAL, los días 17, 18 y 19 de mayo, para permitir a los interesados conocer las mejores oportunidades de negocio en el mundo.

La Rueda Virtual permitirá a cientos de interesados en los más de 17 países que participarán del evento de la red para acceder a:

🔸Asesoramiento personalizado con expertos en negocios internacionales.

🔸Conocer las oportunidades de inversión y ventajas tributarias en Latinoamérica, el Caribe, Estados Unidos, Europa, China y Taiwan.

🔸Contar con expertos de prestigiosas firmas de asesores legales y contables en más de 17 países comprometidos en ofrecer una amplia gama de servicios profesionales especializados, quienes podrán asesorarlo en sus proyectos de inversión y expansión a nivel internacional sin ningún costo.

Conoce la agenda e inscribirse en este enlace Cupos limitados. 

Invitación 3ra. Rueda Virtual de Asesorías Internacionales 2022


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IMPUESTO AL PATRIMONIO: la importancia de su declaración

IMPUESTO AL PATRIMONIO: la importancia de su declaración

En pocos meses tendremos los vencimientos de Impuesto al Patrimonio (IP) del año 2021. Es importante recordar que este impuesto alcanza tanto a nacionales como extranjeros que tengan activos gravados en Uruguay al 31 de diciembre. e incluye a las personas físicas, núcleos familiares o sucesiones indivisas, situación generalmente desconocida por los extranjeros.

Recordamos que el Monto No Imponible (MNI) de este impuesto para el 31 de diciembre de 2021 es de $ 5.303.000 que a una cotización de cierre de 1 USD = $ 44,695 equivale a USD 118.650 y se duplica en el caso de núcleo familiar a $ 10.606.000.

Recomendamos la regularización de las tenencias de inmuebles que a valores fiscales superan esta cifra para evitar montos de adeudos muy significativos por años acumulados al momento y para evitar inconvenientes en el momento previo a realizar la venta de los mismos, situación que frecuentemente atendemos por falta de asesoramiento de los titulares de inmuebles.

El plazo para el vencimiento del saldo del Impuesto al Patrimonio del año 2021 es el VIERNES 20 DE MAYO DE 2022, mientras que el vencimiento para la presentación de la Declaración Jurada correspondiente es el LUNES 23 DE MAYO DE 2022.

Se consideran los Activos Gravados, es decir: Inmuebles, Vehículos y medios de transporte marítimo o aéreo, Obligaciones Nominativas emitidas por empresas que no cotizan en Bolsa, Cuentas a cobrar a empresas locales o personas físicas locales. Por su parte, los activos como: Depósitos en Instituciones Bancarias en el país, obligaciones o debentures y títulos de ahorro u otros similares sujetos al pago del IP por vía de la retención, están solo alcanzados para determinar el valor del ajuar como lo determina la normativa.

También se deben declarar los Activos Exentos que incluye: Títulos de Deuda Pública Nacional o Municipal, los Valores emitidos por el BHU y el BCU, Bonos y Letras de Tesorería, Acciones de la CND y Participaciones en el patrimonio de los sujetos pasivos de IP en cabeza propia, que si bien no son computables para este impuesto, reducen la cantidad de Pasivos Deducibles para este mismo impuesto.

Al patrimonio fiscal resultante se le aplican tasas progresivas: 0.7% a 1.5% en el caso de No Residentes que no tributan IRNR y 0.1% a 0.4% para el resto de los contribuyentes.

Es muy común en el caso de los extranjeros que tienen Inmuebles en nuestro país, que por desconocimiento o falta de asesoramiento, no cumplen con determinar este impuesto, por lo que están ante un futuro problema que tendrán al momento de realizar la venta del inmueble. Esto es así, ya que el escribano público del potencial comprador exigirá la exhibición de las declaraciones juradas del Impuesto al Patrimonio correspondientes, y la regularización de esas declaraciones y pagos supone adicionar las multas del 20% por el impuesto no volcado, más los recargos correspondientes.

También tendrán un costo fiscal de IP mayor en caso de tener algún ingreso por ejemplo por arrendamientos y no declararlo, ya que como mencionamos, las tasas de IP para No Residentes que no tributan IRNR son 3 veces mayores que para el resto de los contribuyentes.

Por último, recordamos también que las empresas contribuyentes del IRAE tienen que hacer el pago de IP por los saldos pasivos mantenidos al 31 de diciembre, salvo los saldos de precios derivados de importaciones, préstamos y depósitos de personas físicas y jurídicas extranjeras domiciliadas en el exterior.

La tasa del impuesto que deben retener es 1,5% para personas jurídicas del exterior, aumentando a 3% si son entidades residentes, domiciliadas, constituidas o ubicadas en países o jurisdicciones BONT (baja o nula tributación), o que se beneficien de un régimen especial de BONT. Recordemos que la DGI establece la lista de jurisdicciones BONT a estos efectos.

El vencimiento para retenciones a personas físicas del exterior, realizadas por empresas del grupo CEDE el mes de cargo será abril, mientras que a las del grupo NO CEDE será diciembre.


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OCDE TAX TALKS Actualizaciones

OCDE TAX TALKS Actualizaciones

En la jornada nuestro Socio Principal Cr. Gerardo Tasende, participó del seminario web OCDE TAX TALKS con expertos del Centro de Política y Administración Tributarias que presentaron una actualización sobre la implementación del acuerdo alcanzado en octubre pasado para reformar las normas fiscales internacionales y sobre las próximas consultas públicas.

Para todos los que estén interesados en recibir la presentación realizada, que se refiere al Pilar One y Pilar Two y sus actualizaciones, nos pueden solicitar el mismo en el formulario de contacto que está en nuestra web y con gusto podemos compartirles dicho material.


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URUGUAY: nueva lista de entidades BONT para 2022

URUGUAY: nueva lista de entidades BONT para 2022

La DGI emitió la Resolución 223/022 del 21 de febrero de 2022 en la que se establece el nuevo listado de jurisdicciones que se consideran BONT (Baja o Nula Tributación) a efectos de lo dispuesto en el Capítulo VII y el artículo 95 bis del Título 4, y en los artículos 7º ter del Título 7, 17 del Título 8, 56 del Título 14 del Texto Ordenado 1996 a partir del 1 de enero de 2022.

Los países, jurisdicciones y regímenes especiales, identificados en la presente Resolución, quedarán excluidos de la misma a partir de que resulte plenamente aplicable con los mismos, el intercambio de información a requerimiento y que se encuentre activado bilateralmente, por el Ministerio de Economía y Finanzas, el intercambio automático de información sobre cuentas financieras con fines tributarios.

Se adjunta el Anexo que incluye en esta oportunidad 36 jurisdicciones ya que se dieron de baja del listado anterior correspondiente al año 2021 a 3 jurisdicciones: Antigua y Barbuda, Brunei y Dominica.

Anexo – Jurisdicciones BONT en URUGUAY 2022

 


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ARGENTINA: proponen aplicar impuesto a la riqueza hasta cancelar deuda con FMI

ARGENTINA: proponen aplicar impuesto a la riqueza hasta cancelar deuda con FMI

El impuesto si se combina con Bienes Personales, lleva la carga a un máximo de 7,5% sobre el patrimonio bruto, tasa considerada confiscatoria. En 2020 alcanzó a 11.000 contribuyentes y recaudó unos $ 240.000 millones, lejos de los $ 400.000 millones que se preveían. Si alguna eficacia tuvo fue convencer a más empresas, emprendedores, técnicos, profesionales y personas de variado talento e iniciativa, a tentar suerte fuera del país.

El gobierno hasta podría perder los votos que necesita para el acuerdo con el FMI ya que algunos integrantes del gobierno no votarían.

Se propuso renovar el Impuesto a la Riqueza o a las Grandes Forunas del 5,25% implementado en 2020 y aplicarlo mientras dure la deuda de la Argentina con el FMI. Según la negociación que lleva el ministro de Economía, Martín Guzmán, serian al menos doce años más, sumando los dos y medio de un primer puente financiero y diez posteriores de un “Acuerdo de Facilidades Extendidas” con el organismo..

“Hubo un éxodo inédito de empresas y de personas de alto o mediano patrimonio y poder adquisitivo. Nunca se vio algo así. Y no solo pasa con personas de altos patrimonios, sino también con gente de alto potencial intelectual; profesionales, técnicos.”, comentó nuestro colega en la red BLITA International Dr. Diego Fraga de Argentina.

En Argentina, el impuesto a la riqueza se aplicó a partir de los 200 millones de pesos (actualmente, menos de un millón de dólares al tipo de cambio blue y menos de USD 1,9 millones al tipo de cambio oficial), con una tasa del 2% entre ese umbral y los 300 millones, 2.25% entre 300 y 400 millones, 2,75% entre 400 y 600 millones, 3,% entre 600 y 800 millones, 3,25% entre 800 y 1.500 millones y 3,5% a partir de los $ 3.000 millones, pero con tasas 50 % más altas, hasta una alícuota máxima de 5,25%, cuando se trata de bienes en el exterior.

Además, sobre el final del año pasado, aprovechando la ausencia de dos diputados de oposición, el oficialismo, aunque subió el mínimo no imponible del impuesto a los Bienes Personales, incrementó la cuota máxima para bienes en el país de 1,25 a 1,5% para patrimonios mayores a $ 100 millones y al 1,75% para patrimonios mayores a los $ 300 millones, y al no actualizar los tramos de la escala entre el 0,5 y el 1,25%, que mantuvo en los niveles de 2019 (pese a una inflación cercana al 100% en el último bienio) determinó que muchos contribuyentes deban pagar más, porcentualmente, por el solo hecho de que la inflación aumentó el valor nominal de sus bienes. Además, aumentó de modo definitivo a 2,25% la tasa sobre bienes en el exterior.

Fuente: Infobae

 

 


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