OCDE publica evaluación de impacto del Impuesto Mínimo Global

OCDE publica evaluación de impacto del Impuesto Mínimo Global

El Impuesto Mínimo Global (GTM – Global Minumum Tax en inglés) representa un importante paso adelante en la cooperación internacional en materia de tributación de las empresas multinacionales (MNEs). Garantizará que las empresas multinacionales con ingresos superiores a 750 millones de euros estén sujetas a un tipo impositivo mínimo efectivo del 15% sin importar los países en los que operen.

El GMT, introducido por las Reglas Globales Anti-Erosión de Bases (GloBE), es una parte clave del Segundo Pilar de la solución de dos pilares, acordada por más de 135 jurisdicciones miembros del Marco Inclusivo sobre Erosión de Bases Base y Traslado de Beneficios (Marco Inclusivo sobre BEPS) de la OCDE/G20 en octubre de 2021, la solución de dos pilares es un acuerdo histórico que tiene como objetivo abordar los desafíos fiscales derivados de la globalización y digitalización de la economía.

Desde entonces, la implementación del GMT ha avanzado: alrededor de 55 jurisdicciones ya han tomado medidas para su implementación y las reglas entrarán en vigor en 2024.

Las ganancias de ingresos anuales proyectadas a partir de la implementación de las reglas GloBE (Global Anti-Base Erosion) probablemente oscilarán entre 155 mil millones de dólares y 192 mil millones de dólares, lo que conducirá a un aumento del 6,5% al ​​8,1% en los ingresos globales del impuesto sobre la renta de las empresas.

Esta estimación se basa en un documento de trabajo reciente de la OCDE y un seminario web asociado celebrado en enero de 2024.

En el documento divulgado por OCDE, se indica que se espera que el impuesto mínimo global (GMT) reduzca significativamente las ganancias globales con bajos impuestos en aproximadamente un 80%, reduciéndolas de 36% a alrededor del 7%, y el resto refleja el impacto de la exclusión de ingresos basada en sustancias.

Las ganancias generalizadas de ingresos, en particular del 5,1% al 8% para las economías desarrolladas y del 3,6% al 7,8% para las economías en desarrollo, se derivan del descubrimiento de ganancias sustanciales con bajos impuestos en jurisdicciones con altos impuestos.

Los hallazgos proyectan una disminución de más de dos tercios en las ganancias globales gravadas por debajo del 15%, una disminución del 50% en las ganancias transferidas y una reducción del 50% en los diferenciales de ETR entre los centros de inversión y las jurisdicciones que no son centros. Las cifras estiman un aumento anual de los ingresos de TIC de 155 mil millones de dólares a 192 mil millones de dólares, de los cuales dos tercios son directos y un tercio indirectos a través de una reducción del traslado de ganancias.


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Invitamos a inscribirse en la XII IFA Regional 2022

Invitamos a inscribirse en la XII IFA Regional 2022

Los invitamos a participar del XII Encuentro Regional Latinoamericano de IFA que será filmado en su totalidad y difundido en vivo los días martes 24, miércoles 25 y jueves 26 de mayo, de 15 a 19 horas (hora peruana).

Se tratarán dos temas principales:

«Paralelismos y divergencias entre los regímenes de Precios de Transferencia en Latinoamérica y los lineamientos de la OCDE en una era Post BEPS» y

«La influencia de la Acción 4 del Plan BEPS en la limitación a la deducción de intereses y otros gastos financieros en Latinoamérica»,

También estará el ya tradicional «Diálogo Fiscal» y seis interesantes Seminarios.

A partir del lunes 30 de mayo y por 30 días más, estará la plataforma web disponible para los inscritos con todos los contenidos de la transmisión en vivo y con la participación filmada de Relatores Nacionales y miembros de Seminarios que no estuvieron presentes en vivo.

Aquí la presentación del programa para conocer los temas Programa IFA Lima 2022


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OCDE e impuesto global: ganadores y perdedores como era previsto

OCDE e impuesto global: ganadores y perdedores como era previsto

Según las estimaciones del informe del Observatorio Fiscal de la UE recién publicado, que simula el efecto de las ganancias de ingresos en el primer año de aplicación del impuesto mínimo global, como era de esperar los grandes ganadores de todos estos cambios propuestos a nivel central son los países desarrollados, que se beneficiarían más que los países en desarrollo porque la mayoría de las empresas multinacionales tienen su sede en países desarrollados y de altos ingresos. Los países menos adelantados probablemente tendrían ingresos muy limitados o nulos.

Así USA obtendría unos Euros 57.000 millones y la UE Euros 80.000 millones, mientras que grandes países en desarrollo obtendrían ganancias menores, como China con Euros 3.400 millones, Sudáfrica Euros 2.900 millones y Brasil Euros 1.500 millones. Los países en desarrollo más pequeños verían incluso menos ingreso que el actual.

En cuanto al porcentaje de las 2.000 multinacionales más grandes y sus sedes encontramos:

  • Países desarrollados: 66% de las empresas multinacionales más grandes
  • Países en desarrollo: 33% de las empresas multinacionales más grandes
  • Estados Unidos tiene el 28% de las empresas multinacionales más grandes, el G7 el 53%, Francia el 3%

En cuanto a los ingresos previstos respecto a los ingresos actuales:

  • Países desarrollados: 19% de los ingresos adicionales con respecto a sus impuestos corporativos actuales pagados
  • Países en desarrollo: 2% de ingresos adicionales a partir de sus impuestos corporativos pagados.

En su cumbre en Roma este fin de semana, los líderes del G20 pidieron al Marco Inclusivo de la OCDE/G20 sobre Erosión de Base y Cambio de Beneficios (BEPS por sus siglas en inglés) que desarrolle las reglas modelo y los instrumentos multilaterales rápidamente, para garantizar que entren en vigencia a nivel mundial en 2023.

El Secretario General de la OCDE, Mathias Cormann, dio la bienvenida a la Declaración de los Líderes del G20, reconociendo el histórico acuerdo fiscal alcanzado: “Esta reforma hará que nuestro sistema tributario internacional sea más justo y funcionará mejor en una economía mundial digitalizada y globalizada”.

“A medida que avanzamos hacia la fase de implementación del acuerdo, la OCDE está lista para facilitar el trabajo necesario para asegurar la implementación oportuna y efectiva de la solución de dos pilares”.

El acuerdo alcanzado el 8 de octubre de 2021 entre 136 países y jurisdicciones que representan el 94% del PIB mundial, (ver aquí nuestro comentario) reasignará más de USD 125 mil millones de ganancias de alrededor de 100 de las empresas multinacionales más grandes y rentables del mundo a países de todo el mundo, asegurando que las empresas paguen una parte justa de los impuestos dondequiera que operen y generen beneficios. El acuerdo también establece por primera vez una tasa impositiva corporativa mínima global del 15% que hará que los países recauden alrededor de USD 150 mil millones en nuevos ingresos anualmente.

La OCDE dice que el acuerdo ya ha reducido las tensiones fiscales y comerciales. La plena aplicación del acuerdo de dos pilares será clave para restaurar y reforzar la certeza fiscal.

Los problemas que muchos habían visto para la implementación, están comenzando a solucionarse, como tener el apoyo unánime para establecer una Directiva por parte de la UE y aprobar en el caso de USA una la legislación en el Congreso.

El presidente Biden sostuvo que tiene el apoyo para obtener al menos una parte del acuerdo a través del Congreso, mientras resuelven los detalles legislativos finales, y continúan algunas luchas internas dentro del Partido Demócrata.

Por su parte, la UE se aseguró el apoyo de los restantes países que se resistían a principio de octubre y está elaborando un plan de implementación.


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Acuerdo fiscal global histórico con la solución en base a 2 pilares

Acuerdo fiscal global histórico con la solución en base a 2 pilares

La reforma del sistema fiscal internacional finalizada hoy garantizará la aplicación de un tipo impositivo mínimo del 15% a las empresas multinacionales (EMN) a partir de 2023.

El acuerdo fue respaldado por 136 países y jurisdicciones que representan más del 90% del PIB mundial, también reasignará a países de todo el mundo más de USD 125.000 millones en ganancias de aproximadamente 100 grandes multinacionales del mundo, para que estas empresas paguen su parte justa de impuestos independientemente de las jurisdicciones en las que operen y obtengan ganancias.

DECLARACION DEL 8 DE OCTUBRE

Después de años de intensas negociaciones con el fin de adaptar las normas fiscales internacionales a las realidades del siglo XXI, 136 jurisdicciones (alrededor de 140 miembros en el marco inclusivo OCDE / G20 BEPS) se unieron a la Declaración sobre la solución de dos pilares para abordar los desafíos tributarios que surgen de la Digitalización de la Economía .

Esta Declaración actualiza y concreta el acuerdo político alcanzado en julio por los miembros del Marco Inclusivo destinado a reformar en profundidad las normas tributarias internacionales. La solución de dos pilares se presentará antes de la reunión de ministros de finanzas del G20 en Washington el 13 de octubre y de la cumbre de líderes del G20 que se celebrará en Roma a fines de octubre.

El objetivo del acuerdo global de impuesto mínimo no es poner fin a la competencia fiscal, sino establecer límites acordados multilateralmente. Permitirá a los países generar aproximadamente USD 150 mil millones en ingresos adicionales cada año.

PILAR UNO

El Pilar Uno garantizará una distribución más equitativa entre los países de las ganancias y los derechos impositivos de las empresas multinacionales más grandes y rentables. Reasignará parte de los derechos impositivos de las empresas multinacionales de sus países de origen a los mercados en los que operan y obtienen beneficios, independientemente de si tienen presencia física allí o no.

Específicamente, las empresas multinacionales con una facturación global superior a 20.000 millones de euros y una rentabilidad superior al 10%, que pueden considerarse las grandes ganadoras de la globalización, estarán cubiertas por las nuevas reglas, y el 25% de los beneficios por encima del umbral del 10% se reasignará a las jurisdicciones del mercado.

Por lo tanto, los derechos fiscales sobre ganancias de más de USD 125.000 millones deberían reasignarse cada año a las jurisdicciones del mercado en el marco del primer pilar. Se espera que los países en desarrollo se beneficien de mayores incrementos de ingresos que las economías más avanzadas, en proporción a los ingresos existentes.

PILAR DOS

El Pilar Dos introduce una tasa impositiva corporativa mínima global fijada en 15%. La nueva tasa impositiva mínima se aplicará a las empresas con ingresos superiores a 750 millones de euros y se estima que generará alrededor de 150 mil millones de dólares en ingresos fiscales globales adicionales anualmente. También se obtendrán más beneficios de la estabilización del sistema tributario internacional y de una mayor certeza tributaria para los contribuyentes y las administraciones tributarias.

PROXIMOS PASOS

Los países pretenden suscribir una convención multilateral durante 2022, con miras a su efectiva implementación en 2023. Esta convención multilateral ya se encuentra en proceso de elaboración y servirá como instrumento para la implementación de la nueva ley tributaria acordada en el Pilar Uno. también garantizará el mantenimiento del statu quo y la eliminación de las disposiciones relativas a todos los impuestos sobre los servicios digitales y otras medidas unilaterales existentes, lo que también ayudará a mejorar la seguridad jurídica en materia fiscal y apaciguar las tensiones comerciales. La OCDE desarrollará reglas modelo para la transposición del Pilar Dos a la legislación nacional de los países durante 2022, con miras a entrar en vigor en 2023.

Los países en desarrollo, como miembros del Marco Inclusivo que trabajan en pie de igualdad, han participado activamente en las negociaciones, y la Solución de dos pilares incluye una serie de disposiciones destinadas a abordar las preocupaciones de los países de baja capacidad. La OCDE se asegurará de que las reglas se puedan administrar de manera eficaz y eficiente, al tiempo que brindará a los países que lo necesiten un apoyo integral para el desarrollo de capacidades.

Para conocer más detalles sobre la Declaración acordada, compartimos el material divulgado por OCDE


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Impuesto a los Servicios Digitales en el mundo

Impuesto a los Servicios Digitales en el mundo

Mucho se habla y se discute sobre los desafíos fiscales globales derivados de la digitalización de la economía y también sobre las posible líneas de acción, siendo los países que tienen más en cuenta el tema los que integran la OCDE (Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico) y el denominado G20 ().

El Marco Inclusivo de la OCDE/G20 creado en Kyoto en julio de 2016, continúa creciendo desde los 82 miembros de la reunión inaugural a los 129 miembros y 14 observadores, incluyendo más del 70% de los países y jurisdicciones que no pertenecen a la OCDE y G20 de todas las regiones geográficas

No extraña por lo tanto que en el marco BEPS (por sus siglas en inglés “Base Erosion and Profit Shifting” o en español “Plan de Acción contra la erosión de la base imponible y el traslado de beneficios”), ambas organizaciones estén buscando (por el momento sin éxito) un consenso de normas fiscales a nivel internacional para gravar la economía digital que estiman tenerlo pronto para finales del año 2020.

El ultimo avance fue del 28 al 29 de mayo de 2019, en que el Marco Inclusivo de OECD/G20 se reunió en París, con 289 delegados de 99 jurisdicciones miembros y 10 organizaciones observadoras, y posteriormente aprobado por los Ministros de Finanzas y Líderes del G20 en sus respectivas reuniones en Japón en junio de 2019.

El resultado clave de esa reunión fue el acuerdo de un Programa de trabajo https://www.oecd.org/tax/beps/inclusive-framework-on-beps-progress-report-july-2018-may-2019.pdf para desarrollar un Solución consensuada a los desafíos fiscales derivados de la digitalización de la economía, que logrará una solución a largo plazo basada en el consenso.

Según normas fiscales internacionales vigentes, los grupos multinacionales en general tributan el impuesto sobre la renta en la jurisdicción donde se produce la producción y no en el lugar de donde se encuentran los usuarios. Sin embargo, otros sostienen que si bien no tienen presencia física en un país las empresas multinacionales obtienen ingresos de los usuarios en el extranjero, por lo que tendrían que estar sujetas al impuesto sobre la renta en esos países extranjeros.

La propuesta, cuya versión en inglés se puede acceder aquí https://www.oecd.org/tax/beps/public-consultation-document-secretariat-proposal-unified-approach-pillar-one.pdf busca incorporar a cerca del 70% de los países que no integran el organismo para adaptar el sistema fiscal internacional, y tendría previsto que las empresas multinacionales paguen parte de sus impuestos sobre la renta donde se encuentran sus consumidores o usuarios.

Ante la ausencia de dicho consenso, ya casi la mitad de los países de OCDE implementaron, anunciaron o proponen de manera transitoria un Impuesto a los Servicios Digitales, entre los que podemos mencionar a la fecha:

Europa

Austria, España, Francia, Hungría, Italia, Polonia, Turquía y Reino Unido ya implementaron un impuesto a la renta con tasas que van desde 2% en Reino Unido al 7,5% en Hungría y Turquía. Otros países implementaron el IVA sobre servicios digitales como ser Albania, Bielorrusia, Islandia, Noruega, Serbia y Suiza.

Como ejemplo interesante de mencionar, está el reciente caso del Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales (IDSD) con reciente aprobación parlamentaria en España (falta Cámara Baja únicamente), que grava con el 3% los ingresos brutos generados por la venta de servicios de publicidad en línea, de intermediación en línea y transmisión de datos para empresas que tengan una facturación global mayor a 750 millones de Euros anuales y al menos 3 millones de facturación en España.

Es un impuesto que alcanza a las grandes multinacionales y no a las pequeñas empresas locales, y no queda incluido en los Convenios Internacionales de Doble Imposición.

Bélgica, Eslovaquia, y República Checa publicaron propuestas para implementar dicho impuesto a las rentas mientras Eslovenia, Latvia y Noruega han mostrado intenciones oficiales de implementarlo.

Américas

Los únicos países que incorporaron Impuestos a la Renta a las plataformas digitales son hasta el momento Uruguay y Perú. Por su parte son más los países que incorporaron a los servicios digitales en el IVA, por ejemplo: Argentina, Bolivia, Brasil, Colombia, Costa Rica, Chile, Ecuador, Paraguay y Uruguay.

En Uruguay se incorporó en la normativa del Impuesto a la Renta a las actividades de mediación o intermediación en servicios prestados a través de internet, plataformas tecnológicas y aplicaciones. Si tanto quien ofrece el servicio como quien lo consume están en territorio nacional, entonces se considera que el 100% de la renta es de fuente nacional por lo que los servicios quedan gravados al 12%. Por su parte, si alguno de los mencionados tiene residencia extranjera, se considera solo el 50% de fuente nacional y los servicios quedan gravados al 6%.

Africa

Angola, Sudáfrica entre los países que implementaron el IVA sobre los servicios digitales.

Asia y Oceanía

Arabia Saudí, Australia, Bahrein, Bangladesh, Corea del Sur, Emiratos Arabes, India, Israel, Japón, Nueva Zelanda, Taiwan, entre los que implementaron IVA sobre los servicios digitales y Corea del Sur en Impuesto a la Renta.


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Asesoramiento Tributario.

Asesoramiento Tributario.

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Responsable: Cr. Gerardo Tasende – Socio

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