Devolución FONASA 2026

Devolución FONASA 2026


El BPS confirmó que las devoluciones de excedentes de aportes al Fonasa, correspondientes al ejercicio 2025, comienzan el lunes 21 de setiembre de 2026.

En total, unas 152.000 personas recibirán aproximadamente $ 8.000 millones.

¿Cómo se calcula la devolución de FONASA?

La devolución surge de comparar los aportes personales al FONASA realizados entre enero y diciembre de 2025 con un tope anual.

Cuando los aportes personales realizados durante el año superan el tope que corresponde al beneficiario, se genera un excedente que puede dar lugar a la devolución.

¿Quiénes pueden tener devolución?

  • Trabajadores: ingresos promedio mensuales superiores a $ 122.600 nominales.
  • Jubilados y pensionistas: ingresos promedio mensuales superiores a $ 132.800 nominales.

Estos montos son referencias indicativas. El importe definitivo depende de la situación familiar y de los aportes realizados durante el año.

¿Cuándo se paga la devolución?

El pago de los excedentes de aportes correspondientes al ejercicio 2025 comienza el 21 de setiembre de 2026.

Por eso, desde el 7 de setiembre los beneficiarios ya pueden comenzar a verificar si tienen devolución y conocer el importe correspondiente, según el canal de consulta utilizado.

¿Cuándo puedo consultar si tengo devolución?

📅 7 de setiembre, al mediodía: comienza la consulta para saber si corresponde devolución y, con usuario personal BPS, conocer el monto y el detalle del cálculo.

Si tenés usuario personal BPS

Las personas que cuentan con usuario personal BPS y son beneficiarias podrán consultar:

  • Si les corresponde devolución.
  • El monto a cobrar.
  • El detalle del cálculo de la devolución.

📅 3 de setiembre: comienza el envío anticipado del recibo por correo electrónico a beneficiarios con usuario personal BPS.

Si no tenés usuario personal BPS

Quienes no cuentan con usuario personal BPS pueden consultar si les corresponde devolución a través de:

  • ☎️ 0800 2016
  • 📱 WhatsApp Fonasa: 092 366 272
  • 💻 Sitio web del BPS, mediante la opción de consulta de devolución FONASA.

¿Qué aportes se tienen en cuenta?

Para el cálculo se consideran los aportes personales al FONASA realizados por:

  • Trabajadores dependientes.
  • Trabajadores no dependientes.
  • Titulares de empresas unipersonales.
  • Personas que prestan servicios personales.
  • Jubilados.
  • Pensionistas.

¿Cómo se determina el tope anual?

El tope anual FONASA varía según la situación familiar o personal de cada beneficiario.

Para determinarlo se utiliza el Costo Promedio Equivalente (CPE) mensual correspondiente al ejercicio que se calcula, incrementado en un 25 %.

Se tiene en cuenta al beneficiario y a las personas a quienes este atribuye amparo dentro del Sistema Nacional Integrado de Salud (SNIS), entre ellas:

  • Menores de edad.
  • Mayores con discapacidad.
  • Cónyuge o concubina/o.

El cálculo considera exclusivamente los meses del ejercicio durante los cuales la persona fue beneficiaria.

En el caso de menores de edad o mayores con discapacidad, el CPE correspondiente se asigna en partes iguales entre quienes generan el beneficio y les atribuyen el amparo al SNIS.

Fuente: BPS


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