Impactos de la Resolución 1654

Impactos de la Resolución 1654

DGI extiende el régimen excepcional para retenciones sobre rendimientos de capital mobiliario

El 24 de julio de 2026, la Dirección General Impositiva (DGI) emitió la Resolución N.º 1654/026, mediante la cual prorroga el régimen excepcional aplicable a determinados agentes de retención, otorgando mayor flexibilidad en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.

Esta medida amplía el beneficio previsto en el artículo 44 decies del Decreto N.º 148/007, permitiendo continuar aplicando un tratamiento especial para las retenciones sobre determinados rendimientos de capital mobiliario.

¿Qué cambia con la nueva resolución?

La Resolución N.º 1654/026 establece las siguientes modificaciones:

  • Extensión del régimen excepcional: la opción que inicialmente comprendía las retenciones de marzo, abril y mayo de 2026 se amplía para incluir también las correspondientes a junio, julio y agosto de 2026.
  • Aplicación de una alícuota del 8%: los responsables que opten por este régimen podrán continuar determinando las retenciones utilizando esta tasa.
  • Nuevo vencimiento para junio de 2026: las retenciones correspondientes a dicho mes deberán abonarse ante la DGI hasta el 29 de julio de 2026 por quienes ejerzan esta opción.

¿Quiénes pueden acceder a este beneficio?

La resolución está dirigida a los responsables de retención designados por el artículo 44 quinquies del Decreto N.º 148/007, que practiquen retenciones sobre rendimientos de capital mobiliario comprendidos en este régimen excepcional.

Principales beneficios

La extensión del régimen ofrece ventajas relevantes para los agentes de retención:

  • Mayor flexibilidad para cumplir con sus obligaciones tributarias.
  • Prórroga por tres meses adicionales del régimen excepcional.
  • Posibilidad de continuar aplicando la alícuota reducida del 8% para las retenciones de junio, julio y agosto de 2026.
  • Definición de un nuevo vencimiento específico para el pago de las retenciones correspondientes a junio de 2026, fijado para el 29 de julio de 2026.

Recomendación

Se recomienda a los responsables alcanzados evaluar la conveniencia de ejercer esta opción y verificar el cumplimiento de los nuevos plazos, a efectos de aprovechar los beneficios previstos por la Resolución DGI N.º 1654/026 y evitar contingencias fiscales.


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