Impuesto a los Servicios Digitales en el mundo

Impuesto a los Servicios Digitales en el mundo

Mucho se habla y se discute sobre los desafíos fiscales globales derivados de la digitalización de la economía y también sobre las posible líneas de acción, siendo los países que tienen más en cuenta el tema los que integran la OCDE (Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico) y el denominado G20 ().

El Marco Inclusivo de la OCDE/G20 creado en Kyoto en julio de 2016, continúa creciendo desde los 82 miembros de la reunión inaugural a los 129 miembros y 14 observadores, incluyendo más del 70% de los países y jurisdicciones que no pertenecen a la OCDE y G20 de todas las regiones geográficas

No extraña por lo tanto que en el marco BEPS (por sus siglas en inglés “Base Erosion and Profit Shifting” o en español “Plan de Acción contra la erosión de la base imponible y el traslado de beneficios”), ambas organizaciones estén buscando (por el momento sin éxito) un consenso de normas fiscales a nivel internacional para gravar la economía digital que estiman tenerlo pronto para finales del año 2020.

El ultimo avance fue del 28 al 29 de mayo de 2019, en que el Marco Inclusivo de OECD/G20 se reunió en París, con 289 delegados de 99 jurisdicciones miembros y 10 organizaciones observadoras, y posteriormente aprobado por los Ministros de Finanzas y Líderes del G20 en sus respectivas reuniones en Japón en junio de 2019.

El resultado clave de esa reunión fue el acuerdo de un Programa de trabajo https://www.oecd.org/tax/beps/inclusive-framework-on-beps-progress-report-july-2018-may-2019.pdf para desarrollar un Solución consensuada a los desafíos fiscales derivados de la digitalización de la economía, que logrará una solución a largo plazo basada en el consenso.

Según normas fiscales internacionales vigentes, los grupos multinacionales en general tributan el impuesto sobre la renta en la jurisdicción donde se produce la producción y no en el lugar de donde se encuentran los usuarios. Sin embargo, otros sostienen que si bien no tienen presencia física en un país las empresas multinacionales obtienen ingresos de los usuarios en el extranjero, por lo que tendrían que estar sujetas al impuesto sobre la renta en esos países extranjeros.

La propuesta, cuya versión en inglés se puede acceder aquí https://www.oecd.org/tax/beps/public-consultation-document-secretariat-proposal-unified-approach-pillar-one.pdf busca incorporar a cerca del 70% de los países que no integran el organismo para adaptar el sistema fiscal internacional, y tendría previsto que las empresas multinacionales paguen parte de sus impuestos sobre la renta donde se encuentran sus consumidores o usuarios.

Ante la ausencia de dicho consenso, ya casi la mitad de los países de OCDE implementaron, anunciaron o proponen de manera transitoria un Impuesto a los Servicios Digitales, entre los que podemos mencionar a la fecha:

Europa

Austria, España, Francia, Hungría, Italia, Polonia, Turquía y Reino Unido ya implementaron un impuesto a la renta con tasas que van desde 2% en Reino Unido al 7,5% en Hungría y Turquía. Otros países implementaron el IVA sobre servicios digitales como ser Albania, Bielorrusia, Islandia, Noruega, Serbia y Suiza.

Como ejemplo interesante de mencionar, está el reciente caso del Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales (IDSD) con reciente aprobación parlamentaria en España (falta Cámara Baja únicamente), que grava con el 3% los ingresos brutos generados por la venta de servicios de publicidad en línea, de intermediación en línea y transmisión de datos para empresas que tengan una facturación global mayor a 750 millones de Euros anuales y al menos 3 millones de facturación en España.

Es un impuesto que alcanza a las grandes multinacionales y no a las pequeñas empresas locales, y no queda incluido en los Convenios Internacionales de Doble Imposición.

Bélgica, Eslovaquia, y República Checa publicaron propuestas para implementar dicho impuesto a las rentas mientras Eslovenia, Latvia y Noruega han mostrado intenciones oficiales de implementarlo.

Américas

Los únicos países que incorporaron Impuestos a la Renta a las plataformas digitales son hasta el momento Uruguay y Perú. Por su parte son más los países que incorporaron a los servicios digitales en el IVA, por ejemplo: Argentina, Bolivia, Brasil, Colombia, Costa Rica, Chile, Ecuador, Paraguay y Uruguay.

En Uruguay se incorporó en la normativa del Impuesto a la Renta a las actividades de mediación o intermediación en servicios prestados a través de internet, plataformas tecnológicas y aplicaciones. Si tanto quien ofrece el servicio como quien lo consume están en territorio nacional, entonces se considera que el 100% de la renta es de fuente nacional por lo que los servicios quedan gravados al 12%. Por su parte, si alguno de los mencionados tiene residencia extranjera, se considera solo el 50% de fuente nacional y los servicios quedan gravados al 6%.

Africa

Angola, Sudáfrica entre los países que implementaron el IVA sobre los servicios digitales.

Asia y Oceanía

Arabia Saudí, Australia, Bahrein, Bangladesh, Corea del Sur, Emiratos Arabes, India, Israel, Japón, Nueva Zelanda, Taiwan, entre los que implementaron IVA sobre los servicios digitales y Corea del Sur en Impuesto a la Renta.


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La OCDE actualiza sus perspectivas para la economía mundial ante la cumbre del G20

La OCDE actualiza sus perspectivas para la economía mundial ante la cumbre del G20

Los esfuerzos para contener el virus y salvar vidas han de intensificarse. Los gobiernos deben planificar medidas más fuertes y coordinadas para absorber el creciente impacto económico.

Según las nuevas proyecciones de la OCDE, las medidas de contención cada vez más estrictas y necesarias para frenar la propagación del coronavirus (COVID-19) darán lugar a corto plazo a importantes disminuciones del PIB en muchas de las principales economías.

El Secretario General de la OCDE, Ángel Gurría, dio a conocer las últimas estimaciones de la Organización para la cumbre virtual del G20 que tuvo lugar ayer. Dichas estimaciones muestran que el confinamiento afectará directamente a sectores que representan hasta un tercio del PIB en las principales economías. Por cada mes de contención, habrá una pérdida de 2 puntos porcentuales en el crecimiento anual del PIB. El sector del turismo, por sí solo, se enfrenta a una disminución de hasta el 70% en su actividad. Muchas economías entrarán en recesión. Esto es inevitable, ya que tenemos que seguir luchando contra la pandemia, pero al mismo tiempo hemos de enfocar nuestros esfuerzos para poder restaurar la normalidad económica lo más rápido posible.

«Los altos costes que las medidas de salud pública requieren hoy son necesarios para evitar consecuencias mucho más trágicas y un impacto aún mayor en nuestras economías mañana”, afirmó el Sr. Gurría. “Millones de muertes y el colapso de los sistemas de salud nos diezmarían financieramente, y también como sociedad. Por ello, frenar esta epidemia y salvar vidas humanas debe ser la prioridad principal de los gobiernos».

«Nuestro análisis subraya aún más la necesidad de actuar con mayor firmeza para amortiguar el golpe, con una respuesta más coordinada de los gobiernos para lanzar una tabla de salvación a las personas y al sector privado, que resurgirá muy debilitado cuando la crisis sanitaria haya pasado».

impacto medidas confiniamento

El Sr. Gurría valoró positivamente el resultado de la cumbre virtual del G20, auspiciada por la presidencia saudita, y la determinación mostrada por los miembros del G20 para utilizar todos los recursos que sean necesarios para apoyar a las personas y las pymes. En su declaración, el Sr. Gurría desarrolló su reciente llamado a un «Plan Marshall Mundial» para contrarrestar los efectos de la pandemia. Para “inmunizar” a los ciudadanos frente a futuras crisis, instó a los líderes del G20 a actuar de manera inmediata, a fin de:

  • Recapitalizar los sistemas sanitarios y epidemiológicos
  • Movilizar todas las palancas macroeconómicas: políticas monetarias, fiscales y estructurales
  • Levantar las restricciones comerciales existentes, especialmente en lo que respecta a los suministros médicos tan necesarios
  • Apoyar a los países vulnerables en desarrollo y de bajos ingresos
  • Compartir y aplicar las mejores prácticas para apoyar a los trabajadores y a todas las personas, empleadas o desempleadas, en particular a los más vulnerables
  • Mantener a flote las empresas, en particular las pequeñas y medianas empresas, con paquetes de apoyo especiales para los sectores más afectados, como el turismo

El Sr. Gurría subrayó que las consecuencias para el crecimiento anual del PIB dependerán de muchos factores, entre ellos la magnitud y la duración de los confinamientos nacionales, el alcance de la reducción de la demanda de bienes y servicios en otras partes de la economía, y la rapidez con que surta efecto el apoyo de las políticas fiscales y monetarias.

En todas las economías, la mayor parte de este impacto proviene del golpe a la actividad del comercio minorista y mayorista, y en los servicios profesionales e inmobiliarios. Hay diferencias notables entre los países en algunos sectores: los cierres de plantas de fabricación para el transporte tienen un peso relativamente importante en algunos países, mientras que la disminución en el turismo y las actividades de ocio pesa más en otros.

El efecto del cierre de empresas podría dar lugar a reducciones del 15% o más en el nivel de producción en todas las economías avanzadas y en las principales economías de mercado emergentes. En promedio, la producción en las economías del G20 disminuiría en un 25%.

El efecto de este impacto varía en las distintas economías, reflejando las diferencias sectoriales en la composición de la producción. Aquellos países en los que el turismo es relativamente importante podrían verse afectados con mayor severidad por los cierres y las limitaciones en los viajes. En el otro extremo, los países con sectores agrícolas y mineros relativamente importantes, así como los países productores de petróleo, pueden experimentar unos efectos iniciales más reducidos por causa de las medidas de contención, pero la producción se verá afectada posteriormente por la reducción en la demanda mundial de materias primas.

© OECD Impacto confiniamentos

También habrá algunas variaciones en las distintas economías con respecto a los tiempos del impacto inicial sobre la producción, reflejando las diferencias en el momento y en la severidad de las medidas de contención adoptadas. En China, el pico de impacto negativo en la producción ya ha pasado, y ahora se están suavizando algunas de las medidas de confinamiento.


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Cuáles son las 2 nuevas jurisdicciones en el Foro Global de Transparencia?

Cuáles son las 2 nuevas jurisdicciones en el Foro Global de Transparencia?

El pasado viernes 24, Vietnam y Palau se convirtieron en el miembro número 159 y 160 del Foro Global sobre Transparencia e Intercambio de Información con Fines Fiscales.

Vietnam y Palau, como todos los demás miembros del Foro Global, participarán en pie de igualdad y se comprometen a combatir la evasión fiscal mediante la implementación de los estándares de transparencia e intercambio de información acordados internacionalmente para fines fiscales, tanto el intercambio de información a pedido como el intercambio automático. de información.

Los miembros del Foro Global incluyen todos los países del G20, todos los miembros de la OCDE, todos los centros financieros internacionales y un gran número de países en desarrollo.

El Foro Global es el principal organismo multilateral del mundo con el mandato de garantizar que todas las jurisdicciones se adhieran al mismo alto nivel de cooperación internacional en materia fiscal. Esto se hace a través de un proceso robusto de monitoreo y revisión por pares al que también estarán sujetos Vietnam y Palau. El Foro Global también tiene un amplio programa de asistencia técnica para brindar apoyo a sus miembros para implementar las normas y utilizar rápidamente las herramientas disponibles para las administraciones tributarias para combatir la evasión fiscal transfronteriza.

Ver el video divulgado recientemente por OCDE en inglés:

Implementación de estándares de transparencia fiscal


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Belice se convierte en la 86a. jurisdicción en firmar la Convención Multilateral

Belice se convierte en la 86a. jurisdicción en firmar la Convención Multilateral

Belice firmó la Convención Multilateral para implementar medidas relacionadas con el tratado tributario para prevenir la erosión de base y el cambio de ganancias convirtiéndose en la 86ª jurisdicción en unirse a la Convención, que ahora cubre casi 1.500 tratados fiscales bilaterales.

Además, Mónaco depositó ayer su instrumento de ratificación de la Convención ante el Secretario General de la OCDE, Ángel Gurría, y subrayó su firme compromiso de prevenir el abuso de los tratados fiscales y la erosión de la base y el desplazamiento de las ganancias por parte de las empresas multinacionales.

La Convención es el primer tratado multilateral de su tipo, que permite a las jurisdicciones integrar los resultados del Proyecto BEPS OCDE / G20 en sus redes existentes de tratados fiscales bilaterales. El Proyecto BEPS de la OCDE / G20 ofrece soluciones para que los gobiernos cierren las brechas en las reglas internacionales existentes que permiten que las ganancias corporativas «desaparezcan» o se modifiquen artificialmente a entornos impositivos bajos o nulos, donde las empresas tienen poca o ninguna actividad económica. La Convención entrará en vigor el 1 de enero de 2019 para los primeros 47 tratados tributarios celebrados entre las 18 jurisdicciones que ya han depositado su instrumento de aceptación o ratificación.

El Convenio, negociado por más de 100 países y jurisdicciones bajo un mandato de los Ministros de Finanzas y Gobernadores del Banco Central del G20, es uno de los resultados más destacados del Proyecto BEPS OCDE / G20. Es el principal instrumento del mundo para actualizar los tratados fiscales bilaterales y reducir las oportunidades de evasión fiscal por parte de empresas multinacionales. Las medidas incluidas en la Convención abordan el abuso de los tratados, las estrategias para evitar la creación de un «establecimiento permanente» y los acuerdos de desajuste híbridos. La Convención también mejora el mecanismo de resolución de disputas, especialmente mediante la adición de una disposición opcional sobre arbitraje obligatorio obligatorio, que ha sido retomada por 28 jurisdicciones


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