Vigente el convenio entre Uruguay y Brasil para evitar la doble imposición

Vigente el convenio entre Uruguay y Brasil para evitar la doble imposición

Cumpliendo con los estándares internacionales de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE), en el año 2012 se firmó un Acuerdo de Intercambio de Información en materia tributaria entre ambos países, que fuera publicado en Uruguay en diciembre 2014, y adicionalmente se firmó un Protocolo asumiendo el compromiso de firmar un Convenio para Evitar la Doble Imposición (CDI).

Finalmente en Brasilia, el 7 de junio de 2019 se suscribe el CDI entre ambos países, y en el caso de Uruguay se homologa mediante la Ley No. 20.009, publicada en diciembre 2021, y es ratificado por parte de Brasil el 15 de junio de 2023, siendo la entrada en vigencia efectiva del CDI el 21 de julio del 2023 por lo que lo establecido será aplicable a partir del 1 de enero del 2024 para impuestos retenidos en la fuente y, para los restantes impuestos, desde ejercicios iniciados a partir del 1 de enero del 2024.

IMPUESTOS COMPRENDIDOS

En el CDI se establecen las potestades tributarias frente a los Impuestos a la Renta y el Impuesto al Patrimonio exigibles por ambos Estados Contratantes, y se dispone además una cláusula que indica que también será aplicable a los impuestos de naturaleza idéntica o análoga que se añadan o les sustituyan con posterioridad.

IMPUESTOS DE URUGUAY IMPUESTOS DE BRASIL
Impuesto a la Rentas de las Actividades Económicas (IRAE) Imposto Federal sobre a Renda
Impuesto a la Rentas de las Personas Físicas (IRPF) Contribução Social sobre o Lucro Líquido
Impuesto a las Rentas de los No Residentes (IRNR)
Impuestos de Asistencia a la Seguridad Social (IASS)
Impuesto al Patrimonio (IP) page1image13921728

Cabe mencionar que los efectos en lo que respecta al Impuesto al Patrimonio permanecerán suspendidos, hasta tanto Brasil no implemente un impuesto de dichas características en su ordenamiento jurídico interno.

PARTES COMPRENDIDAS

Las partes comprendidas en el CDI son los residentes de uno o ambos Estados Contratantes, que incluye “toda persona que, en virtud de la legislación de ese Estado, esté sujeta a imposición en el mismo en razón de su domicilio, residencia, lugar de constitución, sede de dirección o cualquier otro criterio de naturaleza análoga, incluyendo también a ese Estado y a sus subdivisiones políticas o autoridades locales”.

Cuando la residencia se verifica en ambos lugares, se procederá a la aplicación de las “reglas de desempate”, que determinan un orden de prelación tanto para personas físicas como para personas jurídicas.

ESTABLECIMIENTO PERMANENTE

Se establece que el Establecimiento Permanente (EP), comprende en especial: “las sedes de dirección, las sucursales, las oficinas, las fábricas, los talleres, las minas, pozos de petróleo o de gas, las canteras o cualquier otro lugar de extracción de recursos naturales”.

También incluye: “una obra o un proyecto de construcción, o instalación o montaje o las actividades de supervisión relacionadas” si su duración excede los seis meses y, por otra parte, “la prestación de servicios por parte de una empresa por intermedio de sus empleados u otro personal contratado por la empresa para dicho propósito” siempre que en total excedan de 183 días, dentro de un período cualquiera de 12 meses.

En cuanto a los contenidos por la imposición a la Renta y al Patrimonio, así como también lo relativo a los métodos para eliminar la doble imposición y mecanismos para el intercambio de la información, por lo extenso de su desarrollo, dejamos el acceso a un Memo preparado por nuestro equipo de Tributación Internacional y quedamos a disposición por cualquier consulta al respecto.

GTS – Memo Convenio para Evitar la Doble Imposición entre Uruguay y Brasil


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URUGUAY: nueva lista de entidades BONT para 2023

URUGUAY: nueva lista de entidades BONT para 2023

La DGI emitió la Resolución 2.470/022 publicada el  29 de diciembre de 2022 en la que se establece el nuevo listado de jurisdicciones que se consideran BONT (Baja o Nula Tributación) a efectos de lo dispuesto en el Capítulo VII y el artículo 95 bis del Título 4, y en los artículos 7º ter del Título 7, 17 del Título 8, 56 del Título 14 del Texto Ordenado 1996 a partir del 1 de enero de 2023.

Los países, jurisdicciones y regímenes especiales, identificados en la presente Resolución, quedarán excluidos de la misma a partir de que resulte plenamente aplicable con los mismos, el intercambio de información a requerimiento y que se encuentre activado bilateralmente, por el Ministerio de Economía y Finanzas, el intercambio automático de información sobre cuentas financieras con fines tributarios.

Se adjunta el Anexo que incluye en esta oportunidad 33 jurisdicciones ya que se dieron de baja del listado anterior correspondiente al año 2022 a 3 jurisdicciones: Islas Maldivas, Jamaica y el Sultanato de Omán.

Anexo-Jurisdicciones BONT Uruguay 2023


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URUGUAY: nueva lista de entidades BONT para 2022

URUGUAY: nueva lista de entidades BONT para 2022

La DGI emitió la Resolución 223/022 del 21 de febrero de 2022 en la que se establece el nuevo listado de jurisdicciones que se consideran BONT (Baja o Nula Tributación) a efectos de lo dispuesto en el Capítulo VII y el artículo 95 bis del Título 4, y en los artículos 7º ter del Título 7, 17 del Título 8, 56 del Título 14 del Texto Ordenado 1996 a partir del 1 de enero de 2022.

Los países, jurisdicciones y regímenes especiales, identificados en la presente Resolución, quedarán excluidos de la misma a partir de que resulte plenamente aplicable con los mismos, el intercambio de información a requerimiento y que se encuentre activado bilateralmente, por el Ministerio de Economía y Finanzas, el intercambio automático de información sobre cuentas financieras con fines tributarios.

Se adjunta el Anexo que incluye en esta oportunidad 36 jurisdicciones ya que se dieron de baja del listado anterior correspondiente al año 2021 a 3 jurisdicciones: Antigua y Barbuda, Brunei y Dominica.

Anexo – Jurisdicciones BONT en URUGUAY 2022

 


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Transparencia Fiscal en América Latina 2021 – Novedades

Transparencia Fiscal en América Latina 2021 – Novedades

Hoy asistimos a la jornada de divulgación de las conclusiones del Informe de Transparencia Fiscal en América Latina 2021, que es el resultado de la Declaración de Punta del Este, una iniciativa latinoamericana para hacer frente a la evasión fiscal, la corrupción y otros delitos financieros a través de la transparencia y el intercambio de información (EOI) con fines fiscales.

El informe cubre a 16 países de la región y analiza la magnitud de la evasión fiscal en el extranjero en relación con la recaudación de impuestos y explora el papel de la transparencia fiscal y la cooperación fiscal internacional para ayudar a los gobiernos a luchar contra la evasión fiscal y otros flujos financieros ilícitos para generar ingresos muy necesarios en tiempos de la COVID-19 y en adelante.

Los avances en la región se reflejan en logros concretos:

  • Trece países latinoamericanos han firmado y ratificado la Convención sobre Asistencia Administrativa Mutua en Materia Fiscal, el instrumento multilateral más completo disponible para todas las formas de cooperación fiscal para hacer frente a la evasión y la elusión fiscal, ampliando así considerablemente sus redes de relaciones de EOI. Paraguay lo ha firmado y está en proceso de depositar su instrumento de ratificación, momento en el que se convertirá en el decimocuarto país latinoamericano en participar en la Convención.
  • Seis de las ocho jurisdicciones examinadas hasta 2020 en el marco de la segunda ronda de revisiones por pares del intercambio de información previa petición fueron calificadas como ampliamente conformes, lo que demuestra que los países latinoamericanos están haciendo importantes avances en su aplicación del estándar, el que incluye requerimientos avanzados en materia de beneficiario final.
  • Nueve países ya participan en el intercambio automático de información sobre cuentas financieras (AEOI) entre ellos Argentina, Brasil, Uruguay, Chile, Colombia y México.

La región ha sido un emisor neto de solicitudes de EOI entre 2014 y 2020, con 3 949 solicitudes enviadas y 2 343 recibidas. Desde 2014, se han identificado al menos 12 000 millones de euros en ingresos adicionales (impuestos, intereses y sanciones) en América Latina a través de programas de divulgación voluntaria e investigaciones fiscales offshore utilizando EOI.

Se están construyendo sólidas infraestructuras y redes de EOI, allanando el camino para los intercambios efectivos. Sin embargo, existen áreas de mejora, y la mayoría de los países de la región no están haciendo pleno uso del EOI. Se realizan pocas solicitudes y la AEOI aún no se ha explorado ampliamente. Además, los mecanismos de determinación del beneficiario final están todavía en fases tempranas, y los países encuentran obstáculos en lo que respecta a un uso más amplio de la información intercambiada para hacer frente a otros delitos financieros.

«Impulsamos la Declaración de Punta del Este con el objetivo de combatir de manera eficiente y mancomunada la evasión fiscal transfronteriza, la corrupción y otros delitos financieros», afirmó Mercedes Marcó Del Pont, Presidenta de la Iniciativa de la Declaración de Punta del Este. «Estamos ante una oportunidad histórica para contrarrestar las prácticas que afectan a la fiscalidad en detrimento del bienestar de nuestros pueblos, promoviendo la cooperación fiscal internacional y avanzando en el camino del fortalecimiento integral del intercambio de información.»

«Los países latinoamericanos están luchando contra la evasión fiscal y otros flujos financieros ilícitos aprovechando las mejoras en la transparencia y el intercambio de información con fines fiscales», observó María José Garde, Presidenta del Foro Global. «En un contexto desafiante, la Declaración de Punta del Este les apoya en la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de movilización de recursos internos con resultados tangibles.»

El compromiso está aumentando constantemente en la región. Los esfuerzos conjuntos del Foro Global y sus socios (el Centro Interamericano de Administraciones Tributarias, el Banco Interamericano de Desarrollo y el Grupo del Banco Mundial) han contribuido significativamente a aumentar la aceptación política de la agenda de transparencia y han ayudado a desarrollar capacidades dentro de las administraciones tributarias.

Firmada originalmente por cuatro países latinoamericanos en noviembre de 2018, la Declaración de Punta del Este reúne ahora a 13 jurisdicciones para seguir avanzando en la agenda de la transparencia fiscal y utilizar el EOI para luchar contra el fraude fiscal y la corrupción.

Fuente: OCDE


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Cuáles son las 2 nuevas jurisdicciones en el Foro Global de Transparencia?

Cuáles son las 2 nuevas jurisdicciones en el Foro Global de Transparencia?

El pasado viernes 24, Vietnam y Palau se convirtieron en el miembro número 159 y 160 del Foro Global sobre Transparencia e Intercambio de Información con Fines Fiscales.

Vietnam y Palau, como todos los demás miembros del Foro Global, participarán en pie de igualdad y se comprometen a combatir la evasión fiscal mediante la implementación de los estándares de transparencia e intercambio de información acordados internacionalmente para fines fiscales, tanto el intercambio de información a pedido como el intercambio automático. de información.

Los miembros del Foro Global incluyen todos los países del G20, todos los miembros de la OCDE, todos los centros financieros internacionales y un gran número de países en desarrollo.

El Foro Global es el principal organismo multilateral del mundo con el mandato de garantizar que todas las jurisdicciones se adhieran al mismo alto nivel de cooperación internacional en materia fiscal. Esto se hace a través de un proceso robusto de monitoreo y revisión por pares al que también estarán sujetos Vietnam y Palau. El Foro Global también tiene un amplio programa de asistencia técnica para brindar apoyo a sus miembros para implementar las normas y utilizar rápidamente las herramientas disponibles para las administraciones tributarias para combatir la evasión fiscal transfronteriza.

Ver el video divulgado recientemente por OCDE en inglés:

Implementación de estándares de transparencia fiscal


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Argentina: fuerte crecimiento de datos por intercambio de información y su FATCA bilateral con USA

Argentina: fuerte crecimiento de datos por intercambio de información y su FATCA bilateral con USA

Del 13 al 14 de junio participamos de las XI Jornadas Rioplatenses de Tributación que se realizaron en Buenos Aires en las instalaciones de la Asociación Argentina de Estudios Fiscales.

Como parte del seminario Funcionamiento práctico del Acuerdo de Intercambio de Información Argentina-Uruguay y también en el acto de cierre del que participaron altas jerarquías de las administraciones tributarias y gobierno de Uruguay y Argentina, se hicieron varios comentarios sobre la marcha del intercambio.

En este sentido, Argentina informó que recibió miles de datos de cuentas de nacionales Argentinos de parte de Uruguay a partir del intercambio multilateral automático.

También se compartieron cifras de los datos recibidos por Argentina desde otras jurisdicciones, pasando de 6.561 registros por intercambios bilaterales con 9 países en 2016 a 120.227 registros por intercambios bilaterales con 7 países y 219.519 registros de 69 países por el intercambio multilateral.

Entre los países que no integran la lista de jurisdicciones con intercambio multilateral se encuentran los Estados Unidos de Norteamérica, pero se difundió en una de las presentaciones, que a partir de una revisión que realizara el IRS este año, Argentina va en camino a tener un FATCA bilateral con USA lo que permitirá obtener miles de datos de nacionales argentinos con intereses en USA 

 


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