Guía para extranjeros propietarios de inmuebles para ingresar a Uruguay

Guía para extranjeros propietarios de inmuebles para ingresar a Uruguay

Finalmente se emitió el Decreto 279/21 que establece la décima exención para ingreso de extranjeros al país: propietarios de inmuebles.

A partir del 1 de setiembre de 2021 podrán ingresar al país los extranjeros que tengan la propiedad de bienes inmuebles ubicados en el país, lo cual implicará realizar primero un trámite online para obtener la autorización correspondiente. Por su interés desarrollamos con precisión a quienes contempla y los pasos a seguir.

Quienes cumplen esta condición?

a) Titulares de participaciones sociales o acciones de personas jurídicas, y los beneficiarios finales de bienes inmuebles en el país, es decir por ejemplo, los accionistas de Sociedades Anónimas o socios de Sociedades de Responsabilidad Limitada entre los formatos jurídicos más difundidos hasta llegar a los beneficiarios finales. Dichas entidades son titulares de bienes inmuebles en el país, pero sus dueños quienes pueden ingresar.

b) Propietarios de bienes inmuebles en el país, es decir una persona física propietaria directamente de dichos bienes.

Quienes además del titular pueden ingresar?

a) su cónyuge o concubino.

b) su padre, madre, hijo/a (primer grado de consanguinidad).

c) su hermano/a, nieto/a, abuelo/a (segundo grado de consanguinidad).

Se podría entender que en caso de titularidad de partes sociales o acciones ya declaradas como bienes gananciales ante el Registro del BCU (Formulario B Ley 18.830 y 19.484), podrían permitir el ingreso a quienes están en el primer y segundo grado de consanguinidad del cónyuge con quien se tiene la tenencia de las acciones como gananciales, si bien no está explícito en la normativa.

Que gestión se tiene que hacer para el ingreso?

Se tiene que iniciar un trámite on line en el sitio indicado aquí, que supone crear un usuario web por parte de quien solicita el ingreso y seguir estos pasos:

  1. Ingresando al botón» Iniciar tramite en línea».
  2. Acceder con su usuario o identificación electrónica (crear usuario con documentos extranjero).
  3. Completar los datos requeridos.
  4. Únicamente para extranjeros que no hayan tramitado residencia en Uruguay, su solicitud será analizada por el organismo correspondiente según el motivo del viaje seleccionado, la justificación del mismo y la documentación probatoria adjuntada.
  5. Únicamente para extranjeros que no hayan tramitado residencia en Uruguay, recibirá un mail a su dirección de correo donde le indicarán el resultado de su solicitud la cual puede ser aprobada o rechazada la autorización de ingreso al país.
  6. Ingresar al link que aparece en el mail recibido para completar la información para el análisis de aprobación de la Declaración de Salud del Viajero.

Que información deben acreditar al ingreso?

a) se deberá acreditar online la propiedad de un inmueble mediante Certificación notarial expedida por Escribano Público habilitado en la República Oriental del Uruguay o declaración jurada que es el formulario del Anexo I del Decreto 279/21. Acceder al mismo aquí.

b) acreditar haber recibido la única dosis o las dos dosis, según corresponda al tipo de vacuna suministrada, contra el virus SARS CoV-2 aprobadas por su país de origen, dentro de los últimos seis meses previos al embarque o arribo al país y cumplido los plazos de espera respectivos para lograr la inmunidad efectiva.

c) un test PCR negativo al virus SARS CoV-2

d) en el caso de ciudadanos extranjeros menores de 18 años de edad, que provengan de un país en que no se haya aprobado ningún tipo de vacuna contra el precitado virus para su franja etaria, deberán cumplir el aislamiento determinado por las normas sanitarias conjuntamente con su familia.

Que otro tema considerar luego del ingreso?

Deberán realizarse, al séptimo día de haber realizado el test de detección del virus SARS CoV-2 en el país de origen o tránsito, un test por técnica de biología molecular PCR-RT a su costo, o en su defecto, guardar aislamiento social preventivo obligatorio durante catorce días contados desde su ingreso al país.

Que información contiene el Formulario del Anexo I?

Nombre, apellido y documento de identidad de su país, estableciendo una dirección en la República Oriental del Uruguay y declarando bajo juramento:

a) nombre de la vacuna, fecha de la última dosis, cantidad de dosis

b) identificar el inmueble (urbano/rural), padrón (número), ubicación (localidad catastral/sección catastral) y el departamento del país;

c) identificarse como socio/accionista/beneficiario final de una sociedad (denominación social), inscripta con el RUT de la DGI (número), la que es propietaria del inmueble (urbano/rural) padrón (número) de (localidad catastral/sección catastral) del departamento de (departamento).

d) con relación a las personas que se dirán, se cumple con las condiciones de vínculo familiar previstas en el literal J del artículo 2 del Decreto N° 104/020, de 24 de marzo de 2020: (nombres y apellidos) (tipo de documento) (país) (número) (fecha de nacimiento) (nombre de la vacuna) (fecha última dosis) (cantidad de dosis)

Se debe declarar que se cuenta con toda la documentación necesaria para acreditar los extremos antedichos, la que se podrá solicitar por parte de las autoridades uruguayas en cualquier momento durante la estadía en el territorio de la República Oriental del Uruguay.

Cualquier dato falso que se brinde en la presente declaración jurada se encuentra alcanzado por las disposiciones del artículo 239 del Código Penal uruguayo («el que, con motivo del otorgamiento o formallzación de un documento público, ante un funcionario público, prestare una declaración falsa sobre su identidad o estado, o cualquiera otra circunstancia de hecho, será castigado con tres a veinticuatro meses de prisión»).

A los efectos de la presente declaración, se releva al Banco Central del Uruguay del secreto previsto en las Leyes N° 18.930 y 19.484, a fin de que la Dirección Nacional de Migraciones pueda confirmar los extremos declarados.

A partir de estos ingresos, así como también los previstos para extranjeros en general a partir del 1 de noviembre de 2021 (ver conferencia del Poder Ejecutivo), seguramente se incrementen las solicitudes de Residencias Legales de muchos extranjeros que ya tienen ese plan pero quedó postergado por el cierre de fronteras en marzo de 2020.

En ese sentido, recomendamos aquí la lectura de comentarios en medios de Argentina durante 2020 y 2021, referente a los requerimientos para gestionar tanto la Residencia Legal como la Residencia Fiscal en Uruguay, para lo cual estamos con todo nuestro equipo de GTS URUGUAY para asistirlos.


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Nueva ley de Teletrabajo en Uruguay

Nueva ley de Teletrabajo en Uruguay

Se promulgó la nueva Ley de Teletrabajo, y damos difusión del texto de la normativa que se explica por si sola pero comentamos que quedaron muchos aspectos sujetos a la reglamentación que obviamente todavía no está disponible para comprender el real alcance, consecuencias y posibles alternativas a seguir.

Si bien fue un hecho el hacer teletrabajo desde marzo 2020 debido al COVID, hay algunos puntos sobre el tema de la ley que nos dejan dudas (forma de validar horarios para determinar si hay horas adicionales, provisión de equipos y herramientas si no hay acuerdo, si queda liberado al trabajador como distribuir la cantidad de horas trabajadas en la semana, etc.), por lo que preferimos para hacer un asesoramiento preciso esperar hasta tener la reglamentación dado que además se prevé un plazo de 6 meses desde la promulgación de la ley para quienes como la mayoría de los privados ya estamos en esta modalidad para adaptarnos a la nueva situación.

De todas formas, compartimos el texto de la ley y cualquier consulta o comentario estamos a disposición mientras la clave en este caso la tendrá la reglamentación.

Ley de Teletrabajo en Uruguay 2021


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URUGUAY: conocé las medidas para ingreso de extranjeros

URUGUAY: conocé las medidas para ingreso de extranjeros

Esta noche en conferencia de prensa del Presidente Luis Lacalle Pou se dieron a conocer los pasos a seguir por Uruguay para la apertura gradual de las fronteras para los extranjeros. Ver la conferencia aquí.

En este sentido, la primera medida es autorizar a partir del 1 de setiembre de 2021 el ingreso al país de los extranjeros que sean propietarios de inmuebles en Uruguay en la medida que estén inmunizados y presenten un test PCR negativo al ingreso. Se especificó que estarán habilitados el propietario, su cónyuge, concubino e hijos (que en caso de ser menores de 18 años se requerirá una cuarentena a nivel familiar), y se aceptarán las 2 dosis de vacunas Sputnik para el caso de Argentina.

La segunda medida es autorizar a partir del 1 de noviembre de 2021 el ingreso al país de los extranjeros que estén inmunizados y presenten un test PCR negativo al ingreso. Ello se fundamenta teniendo en cuenta que para esa fecha el país ya tendrá inmunizado al 75% de la población que contará además con la tercera dosis de vacunación con Pfizer.

Sin lugar a dudas esto abrirá la posibilidad para gestionar la Residencia Legal y posteriormente la Residencia Fiscal a muchos extranjeros que están con planes desde el inicio de 2020 pero no lo podían hacer debido a que las agendas para atención en los Consulados en el Exterior estaban algo colapsadas, si bien se gestionaban por ejemplo en el caso de Argentina unas 160 por mes según lo informado a la prensa.

También es una oportunidad para concretar inversiones inmobiliarias para todos los interesados en comenzar los trámites y gestiones antes que se produzca en noviembre el ingreso masivo de extranjeros, muchos de los cuales seguramente comenzarán a gestionar la Residencia Legal al llegar a nuestro país.

Realizaremos actualizaciones en forma periódica a partir de estas medidas, y compartimos para todos los interesados las últimas publicaciones en medios de prensa de Argentina que realizamos en los últimos 14 meses sobre el tema de Residencia Legal y Residencia Fiscal en Uruguay.

A partir del Decreto 163/20 que agrega condiciones más favorables para obtener la residencia fiscal y el Proyecto de Ley que extiende a 10 años el Tax Holiday para quienes realicen la mudanza fiscal, se dispararon las consultas de clientes y potenciales clientes interesados en nuestro país provenientes de Argentina, y estas son las notas en las que participamos y de las que compartimos el link a cada una:

iPro UP Lunes 15 de junio de 2020

Tenés que saberlo: la «letra chica» para sacar la residencia fiscal en Uruguay y gozar de todas las ventajas impositivas

El Economista Miércoles 17 de junio de 2020

Se espera una gran migración fiscal de argentinos hacia Uruguay

Nuevas Palabras Miércoles 17 de junio de 2020

En julio, argentinos que están en cuarentena en Uruguay podrán pedir pagar impuestos allá

iPro UP Martes 21 de julio de 2020

Uruguay seduce: cuántos argentinos ya pidieron residencia fiscal y cuál es la clave para tramitarla en AFIP

iPro UP Martes 20 de abril de 2021

Éxodo al Uruguay: cuántos argentinos ya atiende Migraciones y qué ventajas ofrece para armar una empresa


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URUGUAY: informe de Comercio Exterior Julio 2021

URUGUAY: informe de Comercio Exterior Julio 2021

Difundimos el reciente informe de Comercio Exterior de Julio 2021 que muestra notorios incrementos mes a mes, ya que en el acumulado del año, las ventas al exterior se ubicaron en USD 6.129 millones, lo que implica una suba de 37% respecto a enero-julio de 2020 y también fue un 59% mayor respecto a las exportaciones registradas en términos interanuales.

En el mes de julio la carne bovina tuvo un crecimiento significativo del 80% interanual en un contexto de fuerte demanda del mercado de China que generó el más alto registro de las exportaciones en los meses de julio de los últimos 20 años con USD 231 millones. También se vieron sensibles incrementos de las ventas de soja, con una suba de 97% en la comparación interanual debido fundamentalmente al aumento de los precios y también la celulosa que mostró una mejora de 56% respecto al mismo mes de 2020 en un contexto de mejora de los precios de exportación.

Las solicitudes de exportación incluyendo Zonas Francas, totalizaron USD 1.068 millones en julio de 2021, creciendo 59% respecto a julio 2020. Este fuerte aumento se explica por las exportaciones de carne bovina fundamentalmente y también incidieron las exportaciones de soja, celulosa, madera, concentrado de bebidas, maltas y subproductos cárnicos.

El primer producto de exportación del mes fue la carne bovina y mostró una suba interanual de 80% al totalizar USD 231 millones. La suba se debió principalmente a aumentos en los precios de exportación (17%) y los volúmenes exportados (54%) con un acumulado en los primeros 7 meses de USD 1.224 millones, la cifra más elevada de las últimas 2 décadas siendo China el principal destino.

El segundo producto de exportación del mes fue la celulosa, con un aumento interanual de 56%, alcanzando los USD 141 millones en julio de 2021. El incremento se explica en un contexto de suba de precios con ventas que aumentaron 20% en la comparación del acumulado interanual y se situaron en los USD 786 millones.

El tercer producto en el ranking de exportación del mes es la soja, que registró ventas por un monto de USD 140 millones. Esto representa una suba de 97% en comparación con julio de 2020 y un aumento en el acumulado interanual del 41% totalizando los USD 688 millones.

A nivel de destinos China es nuevamente el principal mercado del mes y el acumulado del año, con exportaciones acumuladas por USD 1.348 millones, siendo 73% superior al monto exportado en el mismo período de 2020, pero también es el principal destino de las exportaciones de Uruguay desde 2013.

Las exportaciones acumuladas en el año a Brasil se ubicaron en USD 786 millones y se consolidó en el segundo lugar, el tercer lugar correspondió a la Unión Europea, con un acumulado de exportaciones de USD 444 millones y Estados Unidos ocupa el cuarto lugar con exportaciones de USD 339 millones

Información obtenida vía URUGUAY XXI


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Transparencia Fiscal en América Latina 2021 – Novedades

Transparencia Fiscal en América Latina 2021 – Novedades

Hoy asistimos a la jornada de divulgación de las conclusiones del Informe de Transparencia Fiscal en América Latina 2021, que es el resultado de la Declaración de Punta del Este, una iniciativa latinoamericana para hacer frente a la evasión fiscal, la corrupción y otros delitos financieros a través de la transparencia y el intercambio de información (EOI) con fines fiscales.

El informe cubre a 16 países de la región y analiza la magnitud de la evasión fiscal en el extranjero en relación con la recaudación de impuestos y explora el papel de la transparencia fiscal y la cooperación fiscal internacional para ayudar a los gobiernos a luchar contra la evasión fiscal y otros flujos financieros ilícitos para generar ingresos muy necesarios en tiempos de la COVID-19 y en adelante.

Los avances en la región se reflejan en logros concretos:

  • Trece países latinoamericanos han firmado y ratificado la Convención sobre Asistencia Administrativa Mutua en Materia Fiscal, el instrumento multilateral más completo disponible para todas las formas de cooperación fiscal para hacer frente a la evasión y la elusión fiscal, ampliando así considerablemente sus redes de relaciones de EOI. Paraguay lo ha firmado y está en proceso de depositar su instrumento de ratificación, momento en el que se convertirá en el decimocuarto país latinoamericano en participar en la Convención.
  • Seis de las ocho jurisdicciones examinadas hasta 2020 en el marco de la segunda ronda de revisiones por pares del intercambio de información previa petición fueron calificadas como ampliamente conformes, lo que demuestra que los países latinoamericanos están haciendo importantes avances en su aplicación del estándar, el que incluye requerimientos avanzados en materia de beneficiario final.
  • Nueve países ya participan en el intercambio automático de información sobre cuentas financieras (AEOI) entre ellos Argentina, Brasil, Uruguay, Chile, Colombia y México.

La región ha sido un emisor neto de solicitudes de EOI entre 2014 y 2020, con 3 949 solicitudes enviadas y 2 343 recibidas. Desde 2014, se han identificado al menos 12 000 millones de euros en ingresos adicionales (impuestos, intereses y sanciones) en América Latina a través de programas de divulgación voluntaria e investigaciones fiscales offshore utilizando EOI.

Se están construyendo sólidas infraestructuras y redes de EOI, allanando el camino para los intercambios efectivos. Sin embargo, existen áreas de mejora, y la mayoría de los países de la región no están haciendo pleno uso del EOI. Se realizan pocas solicitudes y la AEOI aún no se ha explorado ampliamente. Además, los mecanismos de determinación del beneficiario final están todavía en fases tempranas, y los países encuentran obstáculos en lo que respecta a un uso más amplio de la información intercambiada para hacer frente a otros delitos financieros.

«Impulsamos la Declaración de Punta del Este con el objetivo de combatir de manera eficiente y mancomunada la evasión fiscal transfronteriza, la corrupción y otros delitos financieros», afirmó Mercedes Marcó Del Pont, Presidenta de la Iniciativa de la Declaración de Punta del Este. «Estamos ante una oportunidad histórica para contrarrestar las prácticas que afectan a la fiscalidad en detrimento del bienestar de nuestros pueblos, promoviendo la cooperación fiscal internacional y avanzando en el camino del fortalecimiento integral del intercambio de información.»

«Los países latinoamericanos están luchando contra la evasión fiscal y otros flujos financieros ilícitos aprovechando las mejoras en la transparencia y el intercambio de información con fines fiscales», observó María José Garde, Presidenta del Foro Global. «En un contexto desafiante, la Declaración de Punta del Este les apoya en la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de movilización de recursos internos con resultados tangibles.»

El compromiso está aumentando constantemente en la región. Los esfuerzos conjuntos del Foro Global y sus socios (el Centro Interamericano de Administraciones Tributarias, el Banco Interamericano de Desarrollo y el Grupo del Banco Mundial) han contribuido significativamente a aumentar la aceptación política de la agenda de transparencia y han ayudado a desarrollar capacidades dentro de las administraciones tributarias.

Firmada originalmente por cuatro países latinoamericanos en noviembre de 2018, la Declaración de Punta del Este reúne ahora a 13 jurisdicciones para seguir avanzando en la agenda de la transparencia fiscal y utilizar el EOI para luchar contra el fraude fiscal y la corrupción.

Fuente: OCDE


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URUGUAY: informe de Comercio Exterior Junio 2021

URUGUAY: informe de Comercio Exterior Junio 2021

Difundimos el reciente informe de Comercio Exterior de Junio 2021 que muestra nuevamente notorios incrementos ya que en el acumulado del año, las ventas al exterior se ubicaron en USD 5.054 millones, lo que implica una suba de 32% respecto a enero-junio de 2020 y también fue un 11% mayor respecto a las exportaciones registradas en el primer semestre de 2019.

Carne bovina y madera son los productos con mayor impulso en las exportaciones y también se vieron sensibles incrementos de las ventas de soja, en un marco de repunte de los precios de exportación (y pese a la merma en los volúmenes cosechados). Luego de un aumento de la demanda externa en 2020, las exportaciones de arroz muestran una incidencia negativa en la variación de lo que va del año.

Las solicitudes de exportación incluyendo Zonas Francas, totalizaron USD 1.071 millones en junio de 2021, creciendo 43% respecto a junio 2020. Este fuerte aumento se explica por las exportaciones de carne bovina fundamentalmente y también incidieron las exportaciones de soja, celulosa, madera, concentrado de bebidas y subproductos cárnicos.

El primer producto de exportación del mes fue la carne bovina y mostró una suba interanual de 56% al totalizar USD 215 millones. La suba se debió principalmente a aumentos en los precios de exportación (13%) y los volúmenes exportados (38%) siendo China el principal destino en el semestre  con un 54% del total exportado que fue en total a todos los destinos por un monto de USD 1.001 millones

El segundo producto de exportación del mes fue la celulosa, con un aumento interanual de 54%, alcanzando los USD 155 millones en junio de 2021. El incremento se explica en un contexto de suba de precios con ventas que aumentaron 15% en la comparación interanual y se situaron en el semestre en los USD 644 millones.

El tercer producto en el ranking de exportación del mes es la soja, que registró ventas por un monto de USD 135 millones. Esto representa una suba de 50% en comparación con junio de 2020.

A nivel de destinos en el primer semestre de 2021 China es nuevamente el principal mercado con una participación de 20% en las ventas, con exportaciones por USD 1.095 millones, siendo 66% superior al monto exportado en el mismo semestre de 2020.

Las exportaciones a Brasil se ubicaron en USD 649 millones y se consolidó en el segundo lugar, con un aumento del 75% frente al mismo semestre del año pasado mientras que el tercer lugar correspondió a la Unión Europea, que aumentó 29% respecto al semestre de 2020 al situar las exportaciones en USD 378 millones.

Si bien ocupa el quinto lugar, es importante destacar que las exportaciones hacia Argentina presentaron un incremento de 48% en el primer semestre del año, al situarse en USD 183 millones, con aumentos prácticamente generalizados a nivel de productos.

Información obtenida vía URUGUAY XXI


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Novedades de Parques Eólicos en Uruguay

Novedades de Parques Eólicos en Uruguay

La empresa Areain S.A. -que gestiona el Parque Eólico Valentines realizó una asamblea de accionistas y distribuirá USD 1,1 millones entre sus accionistas correspondientes al ejercicio 2020, supeditada a la aprobación de la Corporación Interamericana de Inversiones organismo multilateral que otorgó un préstamo a largo plazo, por lo que se prevé que la distribución se realice en la segunda quincena de julio 2021.

Según informó UTE, la generación energética del parque en 2020 estuvo alineada con la de los años anteriores, incluso por encima de los volúmenes registrados en 2017, 2018 y 2019. Fue 4,6% menor a la estimación de producción inicial, y 4,92% por encima de la prevista en la nueva estimación calculada por G-Advisory en su informe de julio de 2020.

“La performance de generación energética del parque eólico Valentines se encuentra alineada con el resto de los parques eólicos del sistema uruguayo, situándose siempre por encima del factor de planta promedio de dichos parques”, indicó UTE.

En tanto, la proyección del flujo de fondos, considerando la producción ajustada a la baja conforme a la nueva estimación del consultor independiente (reducción de entre 8,5% y 9% en la producción esperada anual en P50, 50% de los casos se sitúa en ese nivel) presenta una rentabilidad del entorno de 8,5% anual en dólares, la cual se entiende adecuada al riesgo del negocio, según lo evaluó la calicadora de riesgo Care.

Por otro lado, UTE y el directorio de la sociedad están evaluando diferentes alternativas para dar destino a las disponibilidades con las que cuenta Areain en sus activos. Entre ellas está una posible reducción del capital integrado mediante un nuevo rescate de acciones, la cancelación anticipada de deuda financiera, inversión en otros emprendimientos de energías renovables y colocaciones en inversiones temporarias.

El parque eólico cuenta con 35 aerogeneradores de 2 megavatios de potencia cada uno, demandó una inversión del orden de los USD 171 millones y fue financiado en un 70% a través de un endeudamiento de largo plazo con la Corporación Interamericana de Inversiones, y el 30 % con el capital integrado por los tenedores de las acciones. El 80% del capital integrado corresponde a las acciones preferidas (unos 10.000 pequeños ahorristas e inversores institucionales) y el 20% a las acciones ordinarias

Fuente: Memoria de UTE y prensa local


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Fiscalidad Internacional: el impuesto mínimo del 15% y la Tasa Google

Fiscalidad Internacional: el impuesto mínimo del 15% y la Tasa Google

Importante actualización en materia de Fiscalidad Internacional sobre el acuerdo de los Ministros de Finanzas del G7 que llegaron a un acuerdo para aplicar un Impuesto de Sociedades mínimo del 15% y también sobre la renuncia a la llamada Tasa Google (impuestos sobre los servicios digitales).

El material es elaborado por GESDOCUMENT, nuestros socios de LEA GLOBAL en España, y lo difundimos por la importancia que tendrá la medida en el futuro, pero sugerimos acceder aquí a su Revista Digital

Este importante acuerdo supone fijar las bases de la nueva fiscalidad internacional a través de 2 reformas clave:

  1. Que las empresas multinacionales tributen en los países donde generan beneficios independientemente de dónde se encuentre su sede.
  2. Que se asiente un impuesto mínimo global, de tal forma que las multinacionales tributen al menos el 15% en cada estado en el que operen. Es decir, el acuerdo plantea la aplicación de un Impuesto de Sociedades mínimo del 15% para las grandes empresas.

Deslocalización fiscal o “de beneficios”

¿Qué se pretende con este acuerdo? Una mayor contribución de las grandes compañías mundiales. ¿Cómo? Acabando con la deslocalización fiscal, una “técnica” empleada por las grandes tecnológicas que consiste en tributar en los territorios donde tienen establecidas sus sedes o las de sus filiales y que gozan de menores presiones fiscales.

Entre otros, Irlanda es uno de los países favoritos de las grandes empresas tecnológicas si hablamos de impuestos. ¿Por qué motivo? Actualmente, la tasa de impuestos a la renta de empresas en Irlanda es del 12,5% (una de las más bajas del mundo), lo que ha llevado a empresas como Google o Facebook a instalar sus sedes europeas en Dublín.

Impuesto sociedades países

 

Impuesto de Sociedades mínimo del 15%

Así aparece reflejado en el Comunicado de los Ministros de Finanzas y Gobernadores de los Bancos Centrales del G7: “Nos comprometemos a alcanzar una solución equitativa en la asignación de derechos tributarios, con los países del mercado otorgados derechos tributarios sobre al menos el 20% de las ganancias que superen un margen del 10% para las empresas multinacionales más grandes y rentables. Proporcionaremos la coordinación adecuada entre la aplicación de las nuevas normas fiscales internacionales y la eliminación de todos los impuestos a los servicios. También nos comprometemos a un impuesto mínimo global de al menos el 15% país por país”.

Impacto del acuerdo del G7 en la “Tasa Google”

El acuerdo del G7 se ha alcanzado en paralelo a otra novedad fiscal: la puesta en marcha de la llamada “Tasa Google”, que grava determinados servicios digitales en España (publicidad e intermediación en línea y servicio de transmisión de datos).  La primera liquidación de este nuevo Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales se realizará entre el 1 de julio y el 2 de agosto de 2021. Con el modelo y las reglas de liquidación ya aprobadas y publicadas en el BOE, Hacienda cobrará en julio el primer semestre de este nuevo tributo digital.

¿A qué empresas afecta la “Tasa Google”?

A aquellas cuyo importe neto de cifra de negocios supere los 750 millones de euros a nivel mundial y cuyos ingresos derivados de los servicios digitales afectados por el impuesto superen los 3 millones de euros en España.

¿Tendrá España que renunciar a la Tasa Google?

La “Tasa Google” ha sido objeto de debate en el acuerdo del G7. Concretamente, tras este acuerdo “histórico” se ha valorado la opción de retirar este impuesto: “Proporcionaremos la coordinación adecuada entre la aplicación de las nuevas normas fiscales internacionales y la eliminación de todos los impuestos a los servicios digitales, y otras medidas similares relevantes, en todas las empresas”

La anterior afirmación señalada por el G7 en un comunicado, si bien no menciona de manera expresa a la Tasa Google, podría condicionar el sistema impositivo español: ¿Tendrá España que renunciar a la Tasa Google si finalmente se impone el impuesto de sociedades global? ¿Con qué sistema se recaudaría más dinero en territorio español?

  • Según un estudio realizado por EU Tax Observatory, España recaudaría con el mínimo del 15% cerca de 700 millones de euros.
  • En cuanto a la recaudación prevista por aplicación de la “Tasa Google”, el año pasado la hacienda española la fijó en unos 968 millones.

No hay que olvidar que la Tasa Google nunca se ha mirado con buenos ojos desde Estados Unidos, un país que incluso llegó a advertir que impondría aranceles en caso de que España u otros países aplicaran la “Tasa Google”, un impuesto que afectaría a grandes compañías estadounidenses como Amazon o Facebook.


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Cuando es la devolución de IRPF e IASS? – Calendarios 2021

Cuando es la devolución de IRPF e IASS? – Calendarios 2021

Está disponible para el cobro desde el 16 de junio la devolución automática de IRPF tanto en las cuentas bancarias asignadas como también en las agencias de cobranza, en cuyo caso se recuerda concurrir con cédula de identidad.

Por su parte, para saber el importe a recibir en la devolución automática o presentar la declaración jurada on line que estará disponible a partir del 16 de junio 2021 en la web de DGI,, se debe tener la IDENTIDAD DIGITAL (ver en el enlace como obtenerla).

Los contribuyentes que se identifican con cédula de identidad ahora pueden acceder a los Servicios en línea de DGI mediante cualquiera de las 4 identidades digitales: Usuario DGIIdentidad Mobile AbitabTuID Antel o Cédula de Identidad Electrónica.

Las tres primeras identidades digitales requieren la verificación presencial de identidad en los locales habilitados a esos efectos, mientras que con la cédula de identidad electrónica el contribuyente ingresa a los servicios de DGI utilizando un lector de tarjetas para cédula de identidad electrónica, y digita el PIN asociado a su cédula.

Desde el 22 de junio la DGI brindará asistencia telefónica para quienes presenten la Declaración Jurada, por el teléfono 1344 opción 4, en el horario entre las 8 y las 19 horas.y a partir del 29 de junio, se brindará asistencia personalizada a trabajadores dependientes, jubilados y pensionistas, quienes deberán agendarse vía web o llamando al 151 desde Montevideo o 2151 desde el interior, en el horario de 9 a 17 horas.

Se deben agendar desde el 22 de junio una semana antes del vencimiento que corresponda de la declaración jurada según el calendario que se informa a continuación.

SI bien DGI informó que ya hay precargadas declaraciones de IRPF y  de IASS, pero solo tendrán que presentarla efectivamente:

  • Trabajadores dependientes que superaron en el año 2020 un ingreso de $717.690 y estuvieron en más de un empleo y los jubilados que percibieron más de una pasividad y superaran ese mismo importe durante el año 2020
  • Trabajadores con un único empleo pero que en el mes de diciembre no tuvieron ingresos
  • Quienes declaren el impuesto como núcleo familiar (y se benefician con ello de un mínimo no imponible más alto) o quieran descontar el pago del 6% del alquiler en el año o parte del pago de la cuota hipotecaria por compra de vivienda.
  • Trabajadores independientes, profesionales y no profesionales que prestaron servicios fuera de la relación de dependencia en 2020 sin importar el monto de ingresos en el año.

A partir del 15 de julio de 2021 se cobrarán las devoluciones con origen en la declaración jurada. Si ésta es presentada antes del 18 de cada mes, el crédito se cobrará el 25 de ese mes en bancos y a partir del 28 en redes de cobranza. En cambio, si la declaración se hace entre el 18 y el 10 del mes siguiente, el crédito se cobra el 15 de ese mes en bancos y a partir del 28 en redes de cobranzas.

Compartimos por ser de interés general el calendario de vencimientos de la declaración de IRPF e IASS por el año 2020 así como también las fechas de pagos.

Vencimientos para Declaraciones Juradas año 2020

RUC, C.I. o N.I.E. según corresponda Días de 2021
0 29 de junio al 23 de julio
1 29 de junio al 23 de julio
2 29 de junio al 23 de julio
3 29 de junio al 23 de julio
4 29 de junio al 23 de julio
5 26 de julio al 20 de agosto
6 26 de julio al 20 de agosto
7 26 de julio al 20 de agosto
8 26 de julio al 20 de agosto
9 26 de julio al 20 de agosto
Atrasados 23 al 27 de agosto

Los contribuyentes del IRPF que deban confeccionar su declaración (trabajadores independientes) y demás contribuyentes del IRPF y del IASS que no elijan contar con ayuda de personal de DGI, podrán presentar el formulario en los plazos establecidos o en forma anticipada. En caso de solicitar apoyo de la DGI las fechas serán en los días del vencimiento que corresponda según el último dígito de la cédula.

 

Vencimientos para Pagos
Los contribuyentes del IRPF y del IASS, podrán efectuar el pago del saldo del ejercicio correspondiente al 31 de diciembre de 2020 en 5 cuotas iguales de acuerdo al siguiente cuadro de vencimientos:

1era. cuota 30 de agosto
2da. cuota 30 de setiembre
3era. cuota 29 de octubre
4ta. cuota 30 de noviembre
5ta. cuota 30 de diciembre

Lugares de pago:

-Redes de cobranza habilitadas (Abitab y Redpagos).

-A través de internet.

-En oficinas de DGI, si el pago se realiza con Certificados de Crédito no electrónicos.

Las fechas correspondientes al cobro a través del Banco, son válidas si la adhesión la hicieron antes o el mismo día de presentar la Declaración Jurada .

Si ya se afilió al banco de su preferencia en años anteriores, no es necesaria la reafilación.


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