La Dirección General Impositiva (DGI) implementó el DOMEL (Domicilio Electrónico) como medio oficial para el envío de notificaciones y comunicaciones electrónicas. Estas comunicaciones tienen la misma validez legal que una notificación personal en formato papel.
¿Quiénes están obligados?
Deben constituir DOMEL todas las personas jurídicas, independientemente de que tengan o no actividad, incluyendo:
- Sociedades Anónimas (SA)
- Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS)
- Sociedades de Responsabilidad Limitada (SRL)
- Otras entidades jurídicas
¿Quién puede realizar el trámite?
El trámite debe ser gestionado por:
- Un representante legal de la empresa, o
- Un delegado debidamente autorizado.
Además, es necesario contar con los roles correspondientes habilitados en los servicios en línea de DGI.
Administración de accesos
La empresa puede autorizar a terceros para:
- Consultar y leer las notificaciones recibidas.
- Gestionar altas y bajas de usuarios.
- Administrar permisos de acceso al sistema.
¿Cuándo se consideran notificadas las comunicaciones?
Las notificaciones enviadas a través de DOMEL se consideran efectivizadas:
- En el momento en que son leídas por el destinatario, o
- A los 3 días hábiles de haber sido puestas a disposición por DGI, aunque no hayan sido leídas (notificación de oficio).
Cronograma de incorporación para empresas ya existentes
| Tipo de contribuyente | Plazo para constituir DOMEL |
|---|---|
| Grandes Contribuyentes | 01/04/2026 al 30/06/2026 |
| CEDE | 01/07/2026 al 31/12/2026 |
| Resto de empresas y entidades | 01/01/2027 al 30/06/2027 |
Empresas de nueva creación
Las empresas que se inscriban en el RUT a partir del 1.º de octubre de 2026 deberán constituir su DOMEL dentro de los 5 días hábiles posteriores a la inscripción.
Consecuencias de no cumplir
La falta de constitución del DOMEL puede generar diversas dificultades, entre ellas:
- Pérdida de comunicaciones o intimaciones emitidas por DGI.
- Inconvenientes para realizar trámites administrativos.
- Riesgo de incumplimientos por desconocimiento de notificaciones oficiales.
¿Cómo se realiza el trámite?
La constitución del DOMEL se realiza a través de los Servicios en Línea de DGI, utilizando las credenciales de Usuario Gub.uy
Se recomienda a todas las empresas verificar con anticipación sus accesos y permisos para cumplir con los plazos establecidos y asegurar la recepción de todas las comunicaciones oficiales.
Fuente: Gub.uy