Buscando desalentar la salida de divisas por viajes al exterior, las operaciones con tarjetas destinadas al consumo en dólares en viajes y gastos en el exterior, pasan a tener una alícuota de 45% a cuenta de impuestos a la Ganancia y Bienes Personales a partir del jueves 14 de julio.
Se incluye en la nueva alícuota a todas las operaciones de pago con tarjeta en dólares, incluidas las relacionadas a extracciones o adelantos en efectivo efectuadas en el exterior, así como también las compras efectuadas a través de portales o sitios virtuales, y el pago de servicios prestados por sujetos no residentes en el país que se cancelen mediante tarjetas.
También queda incluida la adquisición de servicios en el exterior contratados a través de agencias de viajes y turismo del país; y la adquisición de servicios de transporte terrestre, aéreo y por vía acuática, de pasajeros con destino fuera del país, en la medida en la que para la cancelación de la operación deba accederse al mercado cambiario.
Recordemos algunos de los distintos tipo de cambios que aplican en Argentina:
- Para las compras de moneda extranjera para atesoramiento se adiciona al precio oficial una alícuota del 35%,
- Respecto al llamado «dólar solidario» mantiene la carga del Impuesto PAIS del 30% y la percepción a cuenta de Ganancias y Bienes Personales del 35% por lo que por ejemplo tomando la cotización de dólar oficial más el recargo de 30% y el anticipo a cuenta del Impuesto a las Ganancias de 35% alcanza los $ 223,
- Por último el cambio ahora comentado, conocido como «dólar tarjeta en el exterior», hace que el valor de los consumos en dólares pasen a costar $ 237,85.