Un informe de la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria (SUNAT) indica que los ingresos que perciben los creadores de contenido (como lo son los influencers) son calificados como renta de tercera categoría y por lo tanto se les cobrará una tasa del 29,5% (veintinueve con cinco porciento).
En Perú hay alrededor de 73.000 influencers según un informe realizado en 2020, y en esta categoría se incluye a los “microinfluencers”, aquellos que tienen menos de 50.000 seguidores en sus redes sociales. El valor de las ventas del comercio social alcanzará los USD 958.000 Millones en el 2022, según proyecciones del Benchmark Report.
La actividad de los influencers involucra la creación, edición, producción y difusión de contenidos en las redes sociales con la finalidad de intervenir en el mercado de consumo para lo cual se requiere de una serie de medios para su materialización, como son las facultades del propio influencer, así como medios técnicos y materiales.
Califican como rentas de tercera categoría los ingresos que generan los influencers domiciliados en Perú por el desarrollo de estas actividades:
1.- Los anunciantes, ya sea en dinero o en especie, por mostrar y/o promocionar los bienes y/o servicios materia de auspicio en los canales, historias o contenido audiovisual que producen y difunden en sus redes sociales.
2.- Las plataformas digitales en las que tales sujetos operan, por introducir publicidad en los videos o contenidos digitales que estos producen y difunden en dichas redes.
3.- Sus seguidores en redes sociales, por obtener accesos de manera anticipada a ciertos contenidos o foros especializados en las citadas redes de los influencers.
4.- Monetizar el canal o plataforma digital en la que los mencionados sujetos interactúan con sus seguidores, autorizando a dicha plataforma a colocar publicidad en sus contenidos, siendo que esta les exige a los influencers una cantidad mínima de suscripciones y/o visualizaciones del citado contenido, emitiéndoles un cheque por concepto de ganancias únicamente cuando la suma resulte mayor a un determinado monto.
Según SUNAT, los impuestos serán cargados a los pagos en dinero o en especie, y también se gravarán los ingresos que provengan de plataformas como Patreon, Onlyfans y YouTube así como también redes sociales como Facebook, Instagram y Tiktok y además deberán declarar los ingresos que reciben por ser creadores de contenido.