Acuerdo USA – Argentina: difundimos su texto, que es lo que implica y desde cuando

Acuerdo USA – Argentina: difundimos su texto, que es lo que implica y desde cuando

Argentina y Estados Unidos firmaron un Acuerdo Modelo IGA 1 recíproco, que implica que las instituciones financieras reportan a la Administración Tributaria de su país, y ésta reporta luego a la Administración Tributaria del otro país. Compartimos aquí el texto del Acuerdo FATCA IGA 1 entre Argentina y Estados Unidos que fuera difundido por el Departamento de Tesoro de Estados Unidos

Estados Unidos tiene 113 acuerdos FATCA suscritos y en la actualidad este modelo 1 es el único que negocia y suscribe, y de cumplirse todas las notificaciones y protocolos previstos, el acuerdo entraría en vigor el 1 de enero de 2023, si bien el primer intercambio efectivo sobre 2023 se produciría a partir de setiembre de 2024.

Estados Unidos enviará sobre cada cuenta declarable argentina de cada institución financiera de ese país, la siguiente información:

  1. el nombre, la dirección y el código de identificación del contribuyente de toda persona residente de Argentina y titular de la cuenta
  2. el número de cuenta
  3. el nombre y número de identificación de la institución financiera de EE.UU.
  4. el importe bruto de los intereses pagados en una cuenta de depósito.
  5. el importe bruto de los dividendos de origen estadounidense abonados en la cuenta
  6. el importe bruto de otros ingresos de origen estadounidense abonados en la cuenta

La información que se intercambiará será relativa al año natural de entrada en vigor del acuerdo y todos los años siguientes, por lo que se interpreta que no tendrá efecto retroactivo como informaba el Gobierno de Argentina para buscar un blanqueo en este período de su gobierno. La fecha límite para intercambiar información de un año civil es hasta el 30 de setiembre del año siguiente.

Si Argentina envía una notificación escrita a Estados Unidos confirmando los procedimientos internos antes de este fin de año, el acuerdo entraría en vigor el 1 de enero del 2023, con plazo para el intercambio de la información del año civil 2023 hasta el 30 de setiembre de 2024.

Toda la información intercambiada estará sujeta a la confidencialidad y demás protecciones del acuerdo anterior entre ambos países, firmado en 2016, incluídas las disposiciones que limitan el uso de la información intercambiada.

 


Compartir