Cuando es la devolución de IRPF e IASS? – Calendarios 2021

Cuando es la devolución de IRPF e IASS? – Calendarios 2021

Está disponible para el cobro desde el 16 de junio la devolución automática de IRPF tanto en las cuentas bancarias asignadas como también en las agencias de cobranza, en cuyo caso se recuerda concurrir con cédula de identidad.

Por su parte, para saber el importe a recibir en la devolución automática o presentar la declaración jurada on line que estará disponible a partir del 16 de junio 2021 en la web de DGI,, se debe tener la IDENTIDAD DIGITAL (ver en el enlace como obtenerla).

Los contribuyentes que se identifican con cédula de identidad ahora pueden acceder a los Servicios en línea de DGI mediante cualquiera de las 4 identidades digitales: Usuario DGIIdentidad Mobile AbitabTuID Antel o Cédula de Identidad Electrónica.

Las tres primeras identidades digitales requieren la verificación presencial de identidad en los locales habilitados a esos efectos, mientras que con la cédula de identidad electrónica el contribuyente ingresa a los servicios de DGI utilizando un lector de tarjetas para cédula de identidad electrónica, y digita el PIN asociado a su cédula.

Desde el 22 de junio la DGI brindará asistencia telefónica para quienes presenten la Declaración Jurada, por el teléfono 1344 opción 4, en el horario entre las 8 y las 19 horas.y a partir del 29 de junio, se brindará asistencia personalizada a trabajadores dependientes, jubilados y pensionistas, quienes deberán agendarse vía web o llamando al 151 desde Montevideo o 2151 desde el interior, en el horario de 9 a 17 horas.

Se deben agendar desde el 22 de junio una semana antes del vencimiento que corresponda de la declaración jurada según el calendario que se informa a continuación.

SI bien DGI informó que ya hay precargadas declaraciones de IRPF y  de IASS, pero solo tendrán que presentarla efectivamente:

  • Trabajadores dependientes que superaron en el año 2020 un ingreso de $717.690 y estuvieron en más de un empleo y los jubilados que percibieron más de una pasividad y superaran ese mismo importe durante el año 2020
  • Trabajadores con un único empleo pero que en el mes de diciembre no tuvieron ingresos
  • Quienes declaren el impuesto como núcleo familiar (y se benefician con ello de un mínimo no imponible más alto) o quieran descontar el pago del 6% del alquiler en el año o parte del pago de la cuota hipotecaria por compra de vivienda.
  • Trabajadores independientes, profesionales y no profesionales que prestaron servicios fuera de la relación de dependencia en 2020 sin importar el monto de ingresos en el año.

A partir del 15 de julio de 2021 se cobrarán las devoluciones con origen en la declaración jurada. Si ésta es presentada antes del 18 de cada mes, el crédito se cobrará el 25 de ese mes en bancos y a partir del 28 en redes de cobranza. En cambio, si la declaración se hace entre el 18 y el 10 del mes siguiente, el crédito se cobra el 15 de ese mes en bancos y a partir del 28 en redes de cobranzas.

Compartimos por ser de interés general el calendario de vencimientos de la declaración de IRPF e IASS por el año 2020 así como también las fechas de pagos.

Vencimientos para Declaraciones Juradas año 2020

RUC, C.I. o N.I.E. según corresponda Días de 2021
0 29 de junio al 23 de julio
1 29 de junio al 23 de julio
2 29 de junio al 23 de julio
3 29 de junio al 23 de julio
4 29 de junio al 23 de julio
5 26 de julio al 20 de agosto
6 26 de julio al 20 de agosto
7 26 de julio al 20 de agosto
8 26 de julio al 20 de agosto
9 26 de julio al 20 de agosto
Atrasados 23 al 27 de agosto

Los contribuyentes del IRPF que deban confeccionar su declaración (trabajadores independientes) y demás contribuyentes del IRPF y del IASS que no elijan contar con ayuda de personal de DGI, podrán presentar el formulario en los plazos establecidos o en forma anticipada. En caso de solicitar apoyo de la DGI las fechas serán en los días del vencimiento que corresponda según el último dígito de la cédula.

 

Vencimientos para Pagos
Los contribuyentes del IRPF y del IASS, podrán efectuar el pago del saldo del ejercicio correspondiente al 31 de diciembre de 2020 en 5 cuotas iguales de acuerdo al siguiente cuadro de vencimientos:

1era. cuota 30 de agosto
2da. cuota 30 de setiembre
3era. cuota 29 de octubre
4ta. cuota 30 de noviembre
5ta. cuota 30 de diciembre

Lugares de pago:

-Redes de cobranza habilitadas (Abitab y Redpagos).

-A través de internet.

-En oficinas de DGI, si el pago se realiza con Certificados de Crédito no electrónicos.

Las fechas correspondientes al cobro a través del Banco, son válidas si la adhesión la hicieron antes o el mismo día de presentar la Declaración Jurada .

Si ya se afilió al banco de su preferencia en años anteriores, no es necesaria la reafilación.


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