URUGUAY presentó 14 medidas de estímulo a la actividad económica

URUGUAY presentó 14 medidas de estímulo a la actividad económica

El ministro de Economía Danilo Astori dio a conocer un paquete de medidas destinadas a estimular la actividad económica y que abarcan un total de 14 sectores:

  1. Promoción de Exportaciones: se busca fomentar y apoyar la exportación en un contexto mundial y regional adverso y volátil con medidas como la prórroga por un año de las tasas especiales de devolución de tributos vigentes para los sectores con problemas de demanda externa. También se eliminará la Tasa BROU aplicable a las exportaciones (0,05% sobre valor en Aduana).
  1. Industria Automotriz: para este sector, estratégico por el empleo que genera, se trabajó y se definieron estímulos en el marco del Consejo Automotor, en consenso entre empresarios, trabajadores y gobierno.
  2. Industria Alimenticia: las importaciones de azúcar industrial con certificado de necesidad recibirán tratamiento aduanero Mercosur, lo que implica una reducción de 2% en sus costos de importación.
  3. Fomento de la producción nacional de Maquinaria Agrícola: el Decreto Reglamentario de la Ley Nº 19,637 artículo 5º exonera de todo tributo a la importación de insumos, partes o piezas para producir maquinaria agrícola. Esta medida implica una reducción de costos de entre el 18% y el 25% para la producción de maquinaria agrícola en el país.
  4. Políticas de Frontera: rebaja del canon, sin modificaciones en la forma de pago, al equivalente al 6% sobre ventas que es lo que se abona en Brasil. Nuevo régimen de liquidación del canon: en 2 años se pasa a abonar de forma exactamente igual a la que se realiza en Brasil. Contacto con el gobierno brasileño para acordar lista de productos a comercializarse en régimen de free shops.
  5. Encadenamientos Productivos: los bienes producidos en zona franca que utilicen insumos y materias primas nacionales en una proporción significativa (80%), no abonarán los tributos aduaneros al momento de volver a ingresar al territorio no franco.
  6. Sector Logístico: el objetivo es facilitar la circulación, dentro del Mercosur, de productos originarios del bloque o de socios con los cuales tiene Acuerdo Comercial, permitiendo su pasaje por alguna de las Zonas Francas del Mercorsur sin perder preferencias arancelarias. Esto contribuirá a promover la logística en Uruguay al permitir el almacenamiento así como también determinadas operaciones logísticas en depósitos en Zonas Francas.Las medidas concretas son la aplicación de un decreto reglamentario de la Decisión CMC Nº 33/15 – Zonas Francas donde se autoriza a la Dirección Nacional de Aduanas a emitir Certificados Derivados para mercaderías almacenadas en Zonas Francas bajo determinadas condiciones.
  7. Servicios Globales: tendrán un beneficio equivalente a la exoneración del Impuesto al Patrimonio y del 90% del IRAE, con diferentes plazos.
  8. Sector Audiovisual: se beneficiarán de un crédito fiscal correspondiente al IVA de las adquisiciones de bienes y servicios necesarios para la producción de los citados contenidos.
  9.  Sector construcción: establecimiento de una excepción a la regla de deducción proporcional del costo de inmuebles adquiridos entre el 01/07/2007 y 28/02/2021, permitiendo la deducción íntegra en la liquidación del IRAE.
  10.  Beneficios a Turistas No Residentes: se plantea la exoneración del IVA a las siguientes operaciones: servicios gastronómicos; servicios de catering para la realización de fiestas y eventos; servicios para fiestas y eventos; arrendamientos de vehículos sin chofer. Además un crédito fiscal al propietario del 10,5% del importe bruto del precio pactado en el arrendamiento de inmuebles destinados únicamente a la habitación del turista, cuyo plazo no exceda los cuatro meses
  11. Nuevos Emprendimientos: se decidió otorgarle a los nuevos emprendimientos en empresas existentes los mismos beneficios que poseen las empresas nuevas en el régimen de promoción de inversiones.
  12.  I+D (en proceso de reglamentación): se otorgará un crédito fiscal por 35% de los gastos en I+D que sean ejecutados en su totalidad por una empresa y 45% para proyectos que se desarrollen conjuntamente con centros tecnológicos o universidades debidamente certificados
  13.  Nueva Ley de Parques Industriales: que está en proceso de reglamentación se otorgará, para instaladores de parques: exoneraciones fiscales para incentivar la inversión (hasta 100% de la inversión en IRAE, IP en ciertos bienes, IVA). Para usuarios: uso de infraestructura adecuada, generación de sinergias con otros actores del entramado productivo, beneficios adicionales en el marco COMAP (hasta 15% más de exoneración y plazo para usarla), tarifas públicas promocionales.

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